Ocupantes de los terrenos en Bahía de Jobos en Salinas alegan que están allí de forma legal
Argumentan en vista judicial que los terrenos que habitan no pertenecen al DRNA.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 2 años.
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El grupo de demandados por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) por supuestamente ocupar de manera ilegal terrenos en la Reserva Nacional de Investigación Estuarina de Bahía de Jobos, en Salinas, rechazaron hoy, lunes, durante una vista judicial las imputaciones y alegaron que los terrenos que habitan no pertenecen a la dependencia.
Mientras, dos de las partes afectadas –Ramón López Vélez y Ángel Benítez Rodríguez- presentaron mociones por separado solicitando la desestimación de la demanda en su contra ante el Tribunal de Primera Instancia de Guayama. La licenciada Maritere De Jésus Aponte, quien representa al DRNA junto al abogado Homero González, sostuvo, sin embargo, que, si bien no todos los demandados tienen estructuras fijas en los terrenos en controversia, todos ocupan los espacios “de manera ilegal”.
“Le garantizo que le voy a respetar los derechos a todas las partes, pero este caso el país merece que se trate con urgencia”, sostuvo el juez Josian Rivera del Tribunal de Primera Instancia de Guayama durante la vista celebrada por videoconferencia.
La agencia, según trascendió durante la sesión, no cuestiona los títulos de propiedad obtenidos por los demandados, sino que alega que estos ocupan la finca equivocada. Según la dependencia, estos compraron una participación proindiviso de la finca #3752, originalmente propiedad del matrimonio Guillermo Godreau Marrero y Josefa Veguilla, pero “se ubicaron físicamente y construyeron” en la finca donde ubican los terrenos de la Reserva Nacional de Investigación Estuarina de Bahía de Jobos, propiedad del DRNA desde el 1982.
“El uso y aprovechamiento continuo por parte de personas privadas de parte de los terrenos públicos que comprenden la Reserva y la proliferación de estructuras y obras ilegales para disfrutar de viviendas, en su mayoría, de veraneo o vacacionales en parte del Sector del Camino del Indio, predio ubicado dentro de la Reserva, atenta contra la más eficaz conservación y protección de los recursos naturales de Puerto Rico”, lee la demanda de DRNA.
La agencia exige el desalojo de cualquier persona que ubique dentro de los terrenos, la remoción y demolición de toda toda construcción, la restauración de área a costo de los codemandados y que se reafirme que la agencia tiene el derecho absoluto del uso y disfrute de los terrenos donde ubica la Reserva, que incluyen parte del Sector del Camino del Indio.
Durante la vista cada una de las partes levantó sus reclamos. El licenciado Calixto Díaz, representante de Miguel A. Flores Torres, Edgar Cruz, Alberto Pagán y Pablo Vergara Ramos, sostuvo que las alegaciones del DRNA son “incorrectas”, por lo que solicitó que se realice una “mensura” del terreno que, a su juicio, sería lo más “razonable” a tenor con el Reglamento para la Adquisición de Bienes Inmuebles y Derechos Reales del DRNA.
“Todo este procedimiento ha sido una cuestión telepática en la que se han hecho unas alegaciones que no llevan a ningún sitio. Esta finca tenía sus propietarios desde 1900 y así lo probaremos, las alegaciones que está haciendo el DRNA no son correctas. Se van a dar cuenta de la alegación de nosotros que el Departamento de Recursos Naturales está confundiendo la finca…no entendemos de dónde sacaron las alegaciones”, señaló Díaz.
El licenciado José Manuel Fullana Hernández, abogado de López Vélez, solicitó la desestimación de la demanda alegando, entre otras cosas, que el DRNA desconoce hasta dónde llega físicamente los límites de la Reserva debido a que “no existen monumentos que lo delimiten” y que los linderos entre las fincas en controversia se encuentran “confundidos” o se desconoce su localización física.
De igual manera, argumentó que de la demanda no surge evidencia que demuestre que la agencia contactara extrajudicialmente a su cliente para realizar un deslinde, como titular de la finca 3752. Tampoco surge del recurso desde cuándo la agencia conoce de la alegada invasión de terreno, lo cual es necesario para poder justificar la concesión de una sentencia declaratoria y su atención de manera expedita.
“Este tribunal no posee jurisdicción sobre la materia para conceder los remedios solicitados. Los anterior, porque el DRNA pretende que este tribunal emita una sentencia declaratoria sobre la titularidad de una finca que en la actualidad no se encuentra definida físicamente”, establece en el recurso.
Sostuvo que su cliente es titular y tercero registral de la finca y que el predecesor en derecho poseyó el lugar por los últimos 40 años y hay una sentencia a nivel federal que así lo evidencia. “El DRNA está confundido de hasta dónde llega su finca y se está dejando llevar por un plano”, argumentó.
En su moción de desestimación en nombre de Benitez Rodríguez, el abogado Manuel Morales Schmidt coincidió en la que necesidad de realizar un deslinde, siendo esta la única manera de definir de manera precisa la finca cuya reivindicación se solicita. “La controversia no es que no seamos dueños ni que el DRNA no sea dueño, sino dónde termina una propiedad y dónde comienza la otra”, dijo.
Morales Schmidt argumentó, además, que el plano que utilizó la agencia para reclamar la propiedad y determinar hasta dónde llegaba se realizó utilizando una fotografía aérea del 2010 cuando, como mínimo, se debieron haber utilizado imágenes más cercanas a la fecha de la adquisición del terreno, en 1982. “Los deslindes cambian, hasta donde llega el mangle cambia, se retracta o se extiende”, señaló.
El licenciado insistió en que el caso no puede tratarse como si fuera “meramente” una sentencia declaratoria o un remedio de desahucio expedito. “Hay que tomar en cuenta que hay mucha prueba pericial que es la que va a determinar el caso…nuestros clientes están donde tienen que estar”, afirmó Morales Schmidt.
En el caso de las demandadas, identificadas como Carmen Santiago Bermúdez y Brendaliz Cotto Léon, el licenciado William Veguilla, quien las representa, sostuvo que estas no son ocupantes ni dueñas de terreno alguno, por lo que solicitó que fueran removidas del caso. “El Estado no va a tener prueba contra ellas. No tiene nada de prueba y nunca la han tenido, ni la tienen, ni la van a conseguir mediante descubrimiento, porque no existe. No tenemos legitimización para levantar ninguna otra defensa”, señaló Veguilla.
El juez señaló una vista de los estados de los procedimientos para el 13 de julio a las 9:00 a.m. Mientras, algunos de los demandados expresaron su interés en contratar un perito para hacer el mismo ejercicio que realizó el DRNA para la realización de los planos de los terrenos en controversia. Estos tendrán un término de 30 días para notificarle al tribunal el nombre del especialista a realizar los trabajos y si necesitarían tiempo adicional para completar el ejercicio.