Luis Irizarry Pabón renuncia a su salario como alcalde de Ponce
Regresará a su faceta como médico internista.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 6 meses.
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En medio del caso en su contra por presuntas violaciones a la Ley de Ética Gubernamental y enriquecimiento injustificado, Luis Irizarry Pabón anunció esta mañana que renunció a su salario como alcalde de Ponce y que regresará a brindar servicios como médico internista.
“Durante los últimos meses se me fue quitado el privilegio de seguir trabajando por mi Ponce, entendiendo que este sería un proceso más corto y favorable a la justicia y verdad. Acaté la prohibición impuesta por el FEI (Fiscal Especial Independiente) de poder ejercer la sana administración en mi cuidad como fui elegido democráticamente por mi gente. Por eso, es por lo que me he mantenido sin ejercer otras funciones”, manifestó el suspendido alcalde en declaraciones escritas.
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“Como los procesos legales conllevarán más tiempo, por este medio deseo informar que inmediatamente estoy renunciando al salario de alcalde del Municipio Autónomo de Ponce. Seguiré aportando a mi cuidad y mis amados ponceños en el área de la salud y bienestar como especialista en medicina interna, desde ahora atendiendo a mis pacientes con la excelencia de siempre”, indicó.
Irizarry Pabón podría enfrentar un juicio por jurado tras ser acusado de presuntamente obligar a varios directores de dependencias municipales a pagar su deuda personal de sobre $53,000.
La fecha del juicio se había pautado para este 6 de junio, pero se reservó para una vista de estatus porque el juez Rafael Taboas Dávila, del Tribunal de Ponce, no tenía acceso a su calendario desde el incendio provocado por un cortocircuito que se suscitó el 17 de abril en el Centro Judicial de San Juan.
El pasado 11 de abril, el juez superior Daniel López González encontró causa para juicio contra Irizarry Pabón en dos cargos: por enriquecimiento injustificado (violación al Artículo 251 del Código Penal) y por violar el Artículo 4.2B de la Ley de Ética Gubernamental, que establece que “un servidor público no puede utilizar los deberes y las facultades de su cargo ni la propiedad o los fondos públicos para obtener, directa o indirectamente, para él o para una persona privada o negocio, cualquier beneficio que no esté permitido por ley”.
La determinación del magistrado se basó en el testimonio del exdirector de Infraestructura, Ambiente y Transportación, Oscar Nazario, y del exdirector de la Oficina Municipal de Manejo de Emergencias, Jorge Luis Mercado Santiago, quienes adujeron que sentían “temor” de sufrir represalias al no cumplir con la petición del alcalde a que les pagara su deuda. De acuerdo a lo que divulgaron en sala, emitieron pagos entre abril de 2021 a septiembre de 2021.