La secretaria del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), Briseida Torres Reyes, emitió ayer una opinión sobre las licencias disponibles para empleados del sector privado.

Según se informó hoy en un comunicado de prensa, la opinión 2020-03 va dirigida a los empleados que están trabajando y aquellos que irán reincorporándose a sus lugares de trabajo durante los próximos días, a raíz de la reapertura paulatina de la economía.

Torres Reyes discutió específicamente la nueva licencia por emergencia estatal y las licencias federales aprobadas temporalmente para atender este período, en el que los trabajadores podrían verse afectados por el coronavirus.

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“La gobernadora Wanda Vázquez Garced ha sido enfática sobre lo importante que es que nuestros trabajadores conozcan los beneficios y disposiciones legales aplicables durante esta emergencia, así como las obligaciones de sus patronos a la hora de conceder ciertas licencias con paga debido a la situación del COVID-19”, dijo Torres Reyes.

En el caso de la nueva licencia por emergencia estatal, aprobada el 9 de abril de 2020 mediante la Ley 37-2020, se trata de una licencia con paga de hasta cinco días, que se activa cuando el empleado ha agotado la licencia por enfermedad y otras licencias aplicables a las que tenga derecho, pero continúe enfermo como parte de la epidemia que haya provocado el estado de emergencia decretado por la gobernadora o el secretario de Salud, Lorenzo González, indicó Torres Reyes.

Esta licencia está disponible para todo aquel empleado que le aplique la Ley 180-1998 y que tenga acumulada licencia por enfermedad.

La opinión de Torres Reyes también discute de manera informativa algunos aspectos importantes expresados y reglamentados por el Departamento del Trabajo federal, para que los trabajadores y patronos de la Isla tengan un panorama más amplio sobre las mismas.

La opinión detalla la elegibilidad de los empleados a estas licencias; los patronos cubiertos; la notificación y documentos que deberá entregar el empleado cuando interese utilizar alguna de las licencias; aclaraciones importantes del Departamento del Trabajo federal aplicables al toque de queda de Puerto Rico; y las publicaciones del Departamento del Trabajo federal al respecto, entre otros.

“Tanto los trabajadores como los patronos en Puerto Rico deben estar al tanto de las licencias disponibles y las directrices a nivel federal que regulan dichos beneficios. Con la opinión pretendemos aclarar algunas de las dudas que han surgido con la aprobación de estos estatutos federales, relacionadas principalmente en torno a la aplicabilidad y elegibilidad de trabajadores y patronos de Puerto Rico”, mencionó la secretaria.

Torres Reyes recordó que las licencias federales aprobadas en la Ley de Familias Primero en Respuesta al Coronavirus entraron en vigor el 1 de abril de 2020 y expiran el 31 de diciembre de 2020.

Si un empleado entiende que tiene derecho a acogerse a estas licencias federales y su patrono no se las concede o se niega a compensar las mismas, puede llamar al 1-866-4US-WAGE (1-866-487-9243). También, puede comunicarse a la Oficina de Puerto Rico de la División de Horas y Salarios del Departamento del Trabajo federal al 787-775-1947.