José Bernardo Márquez y Luis Raúl Torres refieren a Justicia contrato de Genera PR
Los legisladores alegan que el acuerdo viola disposiciones antimonopolísticas de la Ley de Política Pública Energética.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 1 año.
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Los representantes a la Cámara, José Bernardo Márquez Reyes y Luis Raúl Torres Cruz anunciaron hoy que refirieron a la Oficina de Asuntos Monopolísticos, del Departamento de Justicia y a la Oficina Independiente de Protección al Consumidor, adscrita a la Junta Reglamentadora del Servicio Público, el contrato que el gobierno suscribió con la empresa Genera PR LLC para operar, mantener y eventual decomiso de las plantas generatrices de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE).
De acuerdo con los legisladores el contrato viola disposiciones antimonopolísticas de la Ley 17 de 2019, conocida como Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico, así como de la Ley 120-2018, conocida como Ley para Transformar el Sistema Eléctrico de Puerto Rico.
Márquez Reyes, portavoz del Movimiento Victoria Ciudadana, en la Cámara, indicó que el pasado miércoles enviaron los referidos a la Oficina de Asuntos Monopolísticos y a la Oficina Independiente de Protección al Consumir y al momento, no han recibido respuesta.
Agregó que ambas oficinas tienen facultad para llevar a cabo procedimientos civiles y criminales “porque incurrir en un monopolio es un delito en Puerto Rico”.
En los referidos, los legisladores solicitan que ambas oficinas lleven a cabo un análisis legal de las disposiciones aplicables a contratos de privatización energéticas, así como, investigaciones formales sobre el contrato de Genera PR con miras a “iniciar todas las acciones civiles y criminales correspondientes, incluyendo la impugnación judicial del contrato otorgado a Genera PR mediante una alianza público el pasado 25 de enero.
El contrato a 10 años conlleva un pago fijo anual de $22.5 millones durante los primeros cinco años de operaciones y luego sería basado en un mínimo de cinco millones
Márquez Reyes dijo que contrario al contrato de LUMA Energy, para la transmisión y distribución de la energía eléctrica, en el contrato de Genera PR “hay una prohibición legal estableciendo que no se le puede dar más de un 50% de los activos de generación a una compañía, pero se está colocando sobre el 70% de los activos en sus manos”.
“Eso es una patente violación al artículo 1.8 (a) de la Ley 17 de 2019″, dijo el legislador en conferencia de prensa en el Capitolio junto a Torres Cruz, quien desde la Comisión de Asuntos Energéticos de la Cámara ha encabezado la evaluación tanto del contrato de LUMA Energy como el de Genera PR.
Márquez Reyes sostuvo que específicamente la Ley 17 de 2019 dispone que el sistema eléctrico de Puerto Rico “no podrá ser un monopolio verticalmente integrado y que tampoco podrá establecerse un monopolio horizontal en función de la generación”. Indicó así mismo, que el estatuto establece que ninguna compañía de servicio eléctrico, por sí, a través de, o en conjunto con una subsidiaria o afiliada, podrá controlar el 50% o más de la capacidad de los activos de generación, con excepción de la AEE y solo cuando se trate de los activos de generación legados.
Torres Cruz dijo por su parte, que “ellos (Genera PR) van a estar controlando el 77% de la generación de energía” en Puerto Rico. El legislador independiente reclamó que la semana pasada la comisión que preside concluyó en un informe que el contrato de Genera PR “es nulo por ser contrario a la Ley 17 de 2019″.
“Vamos a estar tomando acciones adicionales sobre los incumplimientos legales que hemos identificado, pero este es un primer paso sobre el carácter monopolístico de este contrato. Una cosa es monopolizar la generación por visiones gubernamentales y económicas particulares, pero otra cosa es, monopolizar la generación a toda costa y en contra de lo que establece la ley”, dijo Torres Cruz.
El representante sostuvo que tanto la Oficina de Asuntos Monopolísticos como la Oficina Independiente de Protección al Consumidor “tienen el deber ministerial de intervenir”.
Reacciona Genera PR
El vicepresidente de Asuntos Públicos y Gubernamentales de Genera PR, Iván Báez, dijo por su parte, que la empresa fue seleccionada por la Autoridad para las Alianzas Público Privadas (AAPP) mediante un proceso competitivo que comenzó en mayo de 2020, en cumplimiento de la Ley 120-2018.
“La selección se realizó sobre la base de amplios criterios de calificación, que incluían experiencia operacional, conocimientos técnicos, enfoque y metodología, y ahorros estimados de costos. El contrato pasó por extensas revisiones y recibió aprobaciones de la Junta de la Autoridad de Alianzas Público-Privadas, la Junta de Supervisión Fiscal y el Negociado de Energía de Puerto Rico”, indicó a Primera Hora el portavoz de la empresa.
“Agradecemos la oportunidad de participar en el proceso de vistas que ha llevado a cabo la honorable comisión en la Legislatura de Puerto Rico y continuaremos cooperando de manera transparente”, agregó Baez.
¿Qué dice la AAPP?
“Es incorrecta la premisa de que el contrato incumple con las disposiciones de la Ley 17-2019 y de la Ley 120-2018. En primer lugar, el contrato contó con la aprobación del Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) que, mediante la emisión del certificado de cumplimiento, acreditó que dicho contrato cumple con la política pública energética según establecida en la Ley 17″, expresó, por su parte, el director ejecutivo de la Autoridad para las AAPP, Fermín Fontanés.
Con relación al señalamiento de violaciones antimonopolísticas, Fontanés indicó que la limitación del 50% es aplicable únicamente a entidades privadas que generan energía de forma independiente para venderla por conducto de la red. “No es una limitación aplicable a los activos de la AEE ni a este contrato de alianza público-privada”, sostuvo.
En torno al señalamiento de que la Ley 120 prohíbe que se vendan, dispongan o cedan los activos de la AEE dedicados a la generación a un solo contratante, Fontanés dijo que la corporación se mantiene como dueño de las plantas de generación. “Es incorrecto decir que se está traspasando más del 50% de los activos a un ente privado. Este contrato de alianza público-privada es un contrato de operación y mantenimiento. No es una venta”, indicó.
“Reiteramos la validez del contrato de alianza entre la AEE, la AAPP y Genera PR para la operación y mantenimiento de los activos legados de generación de la AEE. Además, es importante enfatizar que previo a la firma del contrato, el mismo fue aprobado unánimemente por la Junta de Directores de la AAPP y luego de ello fue aprobado por mayoría por la Junta de Gobierno de la AEE. El contrato de alianza también fue revisado y aprobado por la Junta de Supervisión Fiscal y por el delegado del Gobernador de Puerto Rico; todo ello, en cumplimiento con el marco legal de la Ley 29″, agregó el funcionario.