El secretario del Departamento de Justicia, César R. Miranda, catalogó este viernes como histórica la decisión del Tribunal Supremo de los Estados Unidos de revisar la decisión del Primer Circuito de Boston en la que declaró inconstitucional la Ley 71 para el Cumplimiento con las Deudas y para la Recuperación de las Corporaciones Públicas de Puerto Rico.

“En todo momento me sentí convencido de que el Tribunal Supremo de los Estados Unidos expediría el certiorari en este caso. Tanta marginación y tanta injusticia contra nuestro país tiene que llamar la atención de cualquier jurista de conciencia. Más aún, también estoy convencido de que prevaleceremos al final del camino y Puerto Rico podrá contar con un instrumento que le permita reestructurar su deuda de forma juiciosa y ordenada”, manifestó Miranda en declaraciones escritas.

“Estamos viviendo un momento único en la historia del País: el que se hayan expedido dos autos de certiorari en los dos casos que hemos llevado a la consideración del Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Parecía imposible pero aquí estamos. Seguimos convencidos de que al final prevaleceremos en ambos casos para beneficio de nuestro país”, añadió.

De la misma forma, la procuradora general, Margarita Mercado Echegaray, expresó su satisfacción ante el anuncio.

“Estamos sumamente complacidos con que se le haya dado al pueblo de Puerto Rico la oportunidad de defender una ley que busca atender la difícil situación económica por la cual atraviesa la isla. La ley es una pieza clave en el programa de recuperación fiscal de las corporaciones públicas y juega un papel sumamente importante en la recuperación económica del país”, indicó.

Mercado Echegaray explicó que el Estado presentará próximamente un alegato ante el Tribunal sobre los méritos de la petición y se espera que la Corte Suprema celebre una argumentación oral y emita una decisión en los méritos en o antes del mes de junio del próximo año. 

Es la primera vez en la historia que el más alto foro judicial estadounidense decide atender una petición sobre una controversia que busca otorgarle a la Isla un mecanismo para que pueda reestructurar sus deudas de forma ordenada, esto ante la falta de alcance del Capítulo 9 de la Ley de Quiebras federal.

Este es el segundo recurso discrecional de certiorari presentado por el ELA que la Corte Suprema federal acoge este año. Cabe destacar que el 1 de octubre de 2015 la Corte expidió el recurso presentado por el ELA en el caso Pueblo v. Sánchez Valle, sobre doble exposición. Se espera que la argumentación oral en ese caso sea celebrada el 13 de enero de 2016.