El gobernador Pedro Pierluisi y la directora ejecutiva de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda (AFV), Blanca P. Fernández González, anunciaron este lunes que el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos aprobó el Plan de Puerto Rico para los Fondos de Asistencia al Propietario (HAF, en inglés), que autoriza el uso de $75.6 millones para ayudar a los propietarios de hogares que tienen retrasos en sus hipotecas, servicios esenciales o cuotas de mantenimiento siempre y cuando tengan un ingreso menor a los $79,900.

Esta asistencia, que se conocerá localmente como el Programa de Asistencia para Dueños de Hogar, proviene de la Ley del Plan de Rescate Americano de 2021 (ARPA, por sus siglas en inglés) y está dirigida a los dueños de viviendas en Puerto Rico que han enfrentado dificultades para pagar la hipoteca de su residencia principal y otros gastos relacionados con la vivienda a causa del COVID-19.

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Los fondos pueden solicitarse a partir de hoy a través de varios renglones de gastos. Se detalló que el máximo por beneficiario es de $21,000 y podría utilizarse para pagar los atrasos de la hipoteca de una vivienda principal en aquellos que están en riesgo de morosidad. En el caso de los beneficiarios que buscan ayuda para una segunda hipoteca el máximo de ayuda es de $3,000.

También hay otros renglones en los que se podría otorgar hasta un límite de $9,000 para cubrir gastos de impuestos sobre la propiedad, grávamenes o pagos de asociaciones. En este renglón también se pueden reclamar pagos para retrasos en servicios de agua o luz.

“Este programa está dirigido a evitar morosidad hipotecaria, ejecuciones de hogares y la pérdida de servicios esenciales en el hogar de dueños afectados por la pandemia del COVID-19. Queremos que nuestra gente pueda permanecer en sus hogares, a la vez que proveen estabilidad a sus familias y así lograr comunidades más fuertes y resilientes. Debo destacar que el Programa de Asistencia para Dueños de Hogar de Puerto Rico es para propietarios de viviendas que tuvieron pérdidas materiales en sus ingresos a causa de la pandemia comenzando en enero del 2020, y así ayudarles a recuperarse. Estimamos que al menos 5,000 dueños de vivienda se puedan beneficiar de este programa en los 78 municipios”, sostuvo el gobernador.

En cambio, un estudio realizado por la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda (AFV) indica que faltarían $232 millones para que todos los domicilios con alguna morosidad pudieran recibir ayuda. No precisó la cantida de dueños de hogares que, actualmente, tienen cuentas hipotecarias morosas.

“Nos hemos asegurado de que el programa sea simple para solicitar y cualificar. Lo más importante es lograr ayudar a la mayor cantidad de familias posible”, expresó Pierluisi.

Fernández González añadió por su parte que con este programa “tenemos la intención principal de ayudar a que los propietarios de un hogar puedan permanecer en sus viviendas de manera estable durante la pandemia, aunque hayan visto reflejado una disminución en sus ingresos debido a distintos factores causados por la pandemia”.

Los dueños de viviendas elegibles podrán tramitar su solicitud visitando la página register.covidhipotecas.com o contactando al Centro de Llamadas de lunes a viernes de 8:00 de la mañana a 5:00 de la tarde al 888-887-7234.

“Esperamos que las personas busquen información ya sea llamando o visitando la página web. Es nuestra misión que la ayuda llegue a quienes la necesiten”, acotó Fernández González.

Requisitos de elegibilidad

  • El propietario tiene que estar atrasado en, al menos, un pago relacionado con las obligaciones de propiedad de vivienda (pago de hipoteca o préstamo de vivienda, impuestos a la propiedad, seguro relacionado con la vivienda, utilidades, cuotas de asociación de propietarios o condominios, etcétera.)
  • Haber experimentado una dificultad financiera luego del 21 de enero de 2020 asociada con la pandemia del COVID-19.
  • Poseer y ocupar su propiedad como su residencia principal en Puerto Rico.
  • El tipo de propiedad debe ser elegible (fideicomiso en vida o individual).
  • Los ingresos del hogar no deben exceder el 150 por ciento del ingreso medio del área. El Tesoro requiere que, al menos, el 60 por ciento de los fondos estén disponibles para los hogares con un ingreso menor o igual al 100 por ciento del Ingreso Medio del Área ($79,900) o al 100 por ciento de los Estados Unidos, lo que sea mayor. Los propietarios que no cumplan con este requisito, pero sean socialmente desventajados, podrán ser elegibles para recibir asistencia.
  • Residir en un tipo de propiedad elegible: vivienda unifamiliar, condominio o casa móvil (adjunta, no adjunta).
  • El balance del préstamo, al momento de originación, no puede exceder los límites establecidos por Fannie Mae / Freddie Mac para préstamos conformes.
Gastos elegibles
  • Asistencia financiera para abordar la morosidad de la primera y segunda hipoteca.
  • Asistencia para el pago de hipotecas.
  • Impuestos para propietarios de viviendas, seguros, seguros contra inundaciones y seguros hipotecarios.
  • Tarifas o gravámenes de la asociación de propietarios, tarifas de la asociación de condominios o cargos comunes.
  • Asistencia con el pago de impuestos a la propiedad en mora para evitar ejecuciones hipotecarias de impuestos a los propietarios.
  • Asistencia con los servicios públicos (servicio de energía eléctrica y agua).