Gobernador convierte en ley tres medidas legislativas
Una de las medidas está relacionada a la industria lechera.
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El gobernador Pedro R. Pierluisi, convirtió hoy en ley tres medidas legislativas, según anunció en un comunicado de prensa.
El primer ejecutivo del País precisó que entre los estatutos está el Proyecto del Senado 1488 que enmienda la Ley para Reglamentar la Industria Lechera de 1957 con el objetivo de atemperarla a la actualidad ante el aumento en el consumo de la leche de larga duración y fluida (UHT, por sus siglas en inglés) y sus derivados lácteos.
Esta ley fue endosada por el Departamento de Agricultura (DA).
Las enmiendas a la ley de 1957 incluyen una nueva definición del término ‘excedente de leche’ el cual de ahora en adelante incluye a la leche UHT. Por ‘excedente de leche’ se entiende que es “la leche producida en exceso de las necesidades del mercado de leche fluida, que se utilice para manufacturar productos de menor rendimiento, tales como productos lácteos, o para enlatarla condensada-evaporada-pulverizada o en cualquier otra forma”.
Además, se determinó en torno a la Junta Consultiva que la misma estará integrada por representantes del interés público, de los productores y elaboradores de leche, así como de los detallistas.
El gobernador también firmó el Proyecto de la Cámara 932, que introduce en el Estado de Derecho, mediante el Código Penal, el término ‘libertad supervisada mandatoria’ que aplicará a toda persona que haya cumplido una convicción por delitos de indemnidad sexual consumada contra un menor de edad. El tiempo de ‘libertad supervisada mandatoria’ será de entre tres a 10 años adicionales dependiendo de la gravedad del delito entre los que se incluyen la agresión sexual, el incesto, actos lascivos, trata humana con fines de explotación sexual, pornografía infantil y la seducción- persuasión-atracción y coacción de los menores a través del Internet y medios electrónicos os sus tentativas.
Pierluisi finalmente convirtió en ley la Resolución Conjunta del Senado 266 que ordena al Departamento de la Vivienda y a la Administración de Vivienda Pública (AVP) asegurar que en los programas de acceso a la vivienda para personas de escasos recursos se otorguen turnos prioritarios a las familias que tengan al menos un miembro diagnosticado con el espectro del autismo.