Los miembros de la comunidad lésbica, gay, bisexual, transexual y transgénero (Lgbtt) que se han casado en otra jurisdicción previo a aprobarse la Reforma al Sistema de Retiro de los Empleados del Estado Libre Asociado (ELA), en el 2013, podrán recibir la pensión que les corresponde una vez enviuden, informó este lunes el administrador de la agencia, Pedro Ortiz Cortés.

El dinero que les corresponderá será el 60% de la pensión que recibía su esposo o esposa antes de fallecer, y podría disminuir si la pareja tiene hijos, pues estos también tendrían derecho a recibir dinero de la pensión, explicó el funcionario a este diario. 

Relacionadas

El cambio se hará para aplicar en la agencia la determinación del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, que declaró inconstitucionales las leyes que prohibían el matrimonio entre parejas del mismo sexo.

“De conformidad con lo resuelto por el Tribunal Supremo federal los estados y territorios tienen que reconocer el matrimonio entre parejas del mismo sexo, o de lo contrario estarían violando el debido proceso de ley y la igual protección de las leyes que la Decimocuarta Enmienda de la Constitución federal les garantiza”, explicó el administrador. 

El funcionario señaló que le encomendó a la División Legal de la agencia determinar los reglamentos que había que modificar, en cumplimiento con la Orden Ejecutiva 2015-021 que el gobernador Alejandro García Padilla emitió luego de darse a conocer la determinación del Supremo estadounidense. El 24 de julio, Ortiz Cortés les envió una comunicación interna a los gerenciales de Retiro para solicitarles que proveyeran, en un periodo de 15 días, una lista de los estatutos, programas y regulaciones que habría que atemperar para extender los beneficios a las parejas del mismo sexo.

Un aviso público se colgó en la página web de la agencia ese mismo día para anunciar que se está trabajando con el asunto.

El funcionario dijo que en los próximos 15 días se publicará en la página cibernética de la agencia todos los beneficios que a los que tendrían derecho las parejas de los retirados. 

Precisó que el beneficio principal es el recibir la pensión una vez su pareja muere. No obstante, solo aplica para aquellas personas casadas antes de la Reforma del Retiro, pues después de la legislación “no aplica ni a las parejas del mismo sexo”.

Navega nuestra portada