Evalúan aplicación móvil que alerta a víctimas de violencia de género la presencia del agresor
Una comisión de la Cámara de Representantes investiga el funcionamiento de leyes de 2019 y 2023.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 6 meses.
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El Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) y la Oficina de la Procuradura de las Mujeres (OPM) dijeron hoy en una vista pública en la Cámara de Representantes que la mayoría de las víctimas de violencia de género rehúsan utilizar la aplicación móvil que detectaría la presencia del agresor en las zonas de exclusión.
La procuradora interina, Madeline Bermúdez Sanabria indicó que actualmente hay unos 360 imputados de violencia de género con supervisión electrónica y sólo 136 sobrevivientes tienen activa la aplicación tecnológica de protección.
“Reviste un alto interés público el que la Rama Legislativa investigue la implementación de este programa de supervisión electrónica para asegurarle a las sobrevivientes de la violencia de género, que dicha tecnología funciona a cabalidad y cumple el propósito de que se pueda rastrear activamente la ubicación del Smartphone de la sobreviviente para ver si existe una proximidad con el dispositivo GPS del agresor”, indicó la procuradora interina a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara, que investiga la implementación y el cumplimiento de la Ley 48 de 2019, conocida como Ley para crear el Programa de Vigilancia, Protección y Prevención.
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La Ley 48, también sufrió enmiendas a través de la Ley 89 de 2023 para disponer que será política pública del Estado recomendar la utilización de supervisión electrónica de manera obligatoria para las personas imputadas de todo delito al amparo de la Ley 54. Se dispuso que se provea a la sobreviviente una aplicación de detección electrónica del agresor que opera a través del GPS o cualquier otra tecnología que cumpla con estos fines. La Ley 89, que comenzará a regir el 4 de febrero de 2024, establece un plazo de 120 días para que el Programa de Servicios con Antelación al Juicio (PSAJ) y la OPM desarrollen o adquieran la aplicación tecnológica necesaria. Pero, la Procuradora indicó que en una reunión el 7 de septiembre de 2023 “se clarificó” que el DCR asumirá la responsabilidad de implementar la aplicación utilizando el programa Empower, a través de la compañía Track Group, el cual ya poseen y se determinó ampliar el programa a todos los imputados de la Ley 54.
“Esta Asamblea Legislativa debe considerar aquellos retos que enfrenta el PSAJ en cuanto a la efectividad de la aplicación Empower, en cumplimiento con la Ley 48 de 2019, herramienta sumamente útil que puede ayudar enormemente a evitar o disminuir un sinnúmero de situaciones que exponen la vida de seres humanos, pero que la mayoría de las víctimas se niegan a utilizar”, indicó en una ponencia escrita la secretaria de Corrección, Ana Escobar Pabón.
Por su parte, el Departamento de Justicia abogó por nuevas enmiendas para volver a establecer de forma categórica que los tribunales vengan obligados a imponer supervisión electrónica a los imputados de violencia de género, tan pronto se les determine causa para arresto en la llamada Regla 6 (vista inicial del caso).
La fiscal Laura Hernández, Coordinadora de las Unidades Especializadas de Violencia Doméstica, Delitos Sexuales y Maltrato de Menores dijo que la Ley 48 de 2019, que enmendó la Ley 99 de 2009, dejó en manos del PSAJ la recomendación a los tribunales de la imposición obligatoria de vigilancia supervisada a los ofensores de la Ley 54.
Hernández sostuvo que la Ley 99 de 2009 “como estaba en su origen” establecía de forma clara que los tribunales venían obligados a imponer supervisión electrónica. “Nunca estuvo en controversia que era obligatorio del tribunal imponer la supervisión electrónica, tan pronto hubiera una determinación de causa en Regla 6 por esos delitos”, dijo para agregar que la ley actual dispone en su artículo 3 que el PSAJ recomendará a los tribunales en su informe de evaluación la imposición de supervisión electrónica como condición adicional y obligatoria.
“En las reuniones que hemos sostenido con los coordinadores de todas unidades es la preocupación de ellos en el cambio de la ley por la interpretación que ellos anticipan que pueda ocurrir. Antes no había duda, estaba bien claro que los tribunales tenían la obligación de imponer la supervisión electrónica, pero ahora la obligación es del PSAJ hacer la recomendación y aunque el espíritu de la ley dice que es para todos los casos de la Ley 54, cuando hay que analizar e interpretar, los tribunales siempre lo van a hacer a favor del que está siendo procesado”, sostuvo Hernández.
“Si lo que queremos es que se logre el propósito de la ley lo que hay que hacer es imponer la obligación al tribunal también de imponer la supervisión, no solamente de recomendar, sino también de imponer”, agregó la fiscal.
El presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Luis “Narmito” Ortiz Lugo dijo que se propone presentar enmiendas a la ley y el representante novoprogresista Angel Peña Ramírez indicó que se uniría a la propuesta.