El periodo en el que no hay que pagar el Impuesto de Ventas y Uso (IVU) por artículos escolares inicia este viernes 15 y culmina el sábado 16 de julio, informó hoy mediante comunicados de prensa por separado el Departamento de Hacienda y el representante Carlos Bianchi.

Hacienda informó que el  periodo de ventas escolares sin IVU comenzará a las 12:01 am del 15 de julio y concluirá a las 12:00 de la medianoche del 16 de julio de 2016.  

"Aunque tanto los consumidores como los comerciantes están familiarizados sobre cómo funciona dicha exención, siempre les exhortamos a que verifiquen la información y lista detallada de los artículos exentos del pago de IVU”, indicó el secretario Juan Zaragoza. 

"Es importante que los comercios cumplan con eximir del cobro del IVU los productos o materiales únicamente estipulados por Ley.  De este modo,  todos pueden disfrutar de este periodo en cumplimiento y evitando posibles multas o penalidades”, dijo Zaragoza.

Asimismo, según Bianchi, la Carta Circular de Política Contributiva Núm. 16-04 del Departamento de Hacienda indica que el término uniforme escolar significa aquel vestuario que está específicamente requerido por la institución educativa para ser utilizado por los estudiantes de la misma, y que no puede tener un uso general o continuo fuera de la escuela para sustituir ropa ordinaria.  Además, se considera uniforme escolar aquellas piezas de ropa y calzado que complemente una o más piezas del uniforme, según específicamente requerido por la entidad educativa.

Bianchi Angleró, quien preside la Comisión de Asuntos del Consumidor y Prácticas Anti Monopolísticas de la Cámara de Representantes indicó que, conforme con la Carta Circular de Hacienda, los materiales escolares exentos del IVU incluyen carpetas, bultos escolares, calculadoras, cintas adhesivas, tizas, compás, crayolas, gomas de borrar, cartapacios, sobres manila, pega, adhesivos, marcadores, tarjetas de afiche ("index cards"), cajas para almacenar las tarjetas de afiche, loncheras, papel suelto, papel con líneas para libreta de argollas, papel para copias, papel cuadriculado, papel de calcar, papel manila, papel de color, cartulinas, papel de construcción, cajas de lápices, sacapuntas, lápices, bolígrafos, transportadores (“protractors”), reglas, y tijeras, entre otros.

“También incluye materiales escolares de arte o de música y materiales escolares instructivos, tales como barro y esmaltes, pinturas, incluyendo acrílicos, de témpera y de aceite, brochas para trabajo de arte, libretas de dibujo y de bosquejos, acuarelas, instrumentos musicales, mapas y globo terráqueo de referencia. Incluso, medios de  almacenaje en computadora, incluyendo discos, discos compactos y memorias”, puntualizó el también Portavoz Alterno de la Mayoría en la Cámara de Representantes.

Bianchi Angleró recalcó que los consumidores deben aprovechar este periodo para sacar los uniformes o materiales escolares que separaron mediante un plan a plazos o “lay away”.

Hay artículos escolares que están exentos del IVU todo el año, recordó el legislador del distrito 20. Según la Determinación Administrativa Núm. 16-10 de Hacienda, aquellos libros de texto impresos y electrónicos (“e-books”), requeridos en una lista oficial de libros escolares y universitarios y las libretas de notas, podrán adquirirse libre del pago del IVU siempre.

Mientras, Hacienda aclaró que no se incluyen algunos artículos vendidos por separado como hebillas de correa, máscaras de disfraz, parches o emblemas, excepto si fueran parte del uniforme escolar. Tampoco está exento el equipo de coser, como máquinas, agujas de coser o tejer, patrones, alfileres, tijeras, cintas métricas ni dedales, entre otros. 

Los accesorios o equipo de ropa que constituyen artículos incidentales, como maletines, cosméticos, artículos para el pelo, carteras de mano, joyería, gafas de sol no recetadas y sombrillas, entre otros, no están exentos, dijo Hacienda. 

Tampoco el equipo deportivo y recreativo como las zapatillas de ballet, el calzado deportivo de ganchos, los guantes para deportes, ni los protectores, entre otros.