La gobernadora, Wanda Vázquez Garced, anunció hoy mediante comunicado de prensa que el secretario de Hacienda, Francisco Parés Alicea, emitió la Determinación Administrativa 20-08 eximiendo temporeramente del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) a los alimentos preparados.

“La Determinación Administrativa establece un periodo de Exención Temporera de IVU en alimentos preparados, comenzando a las 12:01 a.m. del viernes, 20 de marzo de 2020 y concluyendo a las 11:59 p.m. del domingo, 19 de abril de 2020. Esta es una medida adicional que se toma en favor de todos los ciudadanos ante la emergencia de salud que enfrentamos por el COVID-19”, expresó la gobernadora.

Por su parte, Parés Alicea explicó que la exención temporera en el pago del IVU, que ya fue implementada en las crisis ocasionadas por los huracanes Irma y María y por los terremotos en el suroeste, incluye bebidas carbonatadas, productos de repostería y dulces, según definidos en la Sección 4010.01 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado.

No será aplicable a la venta de bebidas alcohólicas, se indicó.

Agregó que estos ciudadanos podrán asistir a sus centros de trabajo o visitar a sus clientes, durante el horario que permite la OE 2020-23, para realizar los trabajos de programación de los sistemas de cobro y terminales fiscales. “Esta determinación como “servicios esenciales”, es exclusiva para los individuos que se dedican al proceso de programación de los sistemas para el cobro del IVU”, recalcó.

Los individuos que vayan a transitar por las vías públicas durante el horario permitido por la OE 2020-023, con el propósito de asistir a los comerciantes en el proceso de la programación de los sistemas para implementar la Exención Temporera de IVU en Artículos de Primera Necesidad, deberán conservar copia de esta Determinación Administrativa de manera que puedan constatar que se encuentran llevando a cabo una actividad permitida.