El renunciante gobernador Ricardo Rosselló Nevares sometió antes la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) documentos bajo juramento en los que afirma ser un elector inscrito en dos precintos distintos en Puerto Rico —Guaynabo 07 y en San Juan 04— a la misma vez, denunció el comisionado electoral del Partido Popular Democrático, Gerardo Cruz Maldonado.

Los documentos habrían sido entregados por Rosselló Nevares durante la mañana de hoy, miércoles, como parte de los documentos requeridos por ser certificado como cabildero por la estadidad.

“Esto denota la intención de Rosselló de ofrecer información falsa a la Comisión Estatal de Elecciones (CEE). A pesar de ser un acto en violación al Código Penal, el Presidente de la CEE lo certificó como cabildero pro estadidad”, expuso el funcionario popular en declaraciones escritas a la prensa.

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Y que esta tarde la CEE certificó como cabildero por la estadidad al único gobernador elector que ha renunciado en la historia del País tras las multitudinarias manifestaciones del verano de 2019. El documento solo estuvo firmado por el presidente del organismo electoral, Francisco Rosado Colomer, el secretario de la CEE, Rolando Cuevas Colón, y la comisionada del Partido Nuevo Progresista (PNP), Vanessa Santo Domingo. Ninguno de los comisionados electorales de los otros cuatro partidos firmaron el acta. Posteriormente, Rosselló Nevares juramentó al cargo en la Administración de Asuntos Federales de Puerto Rico (Prfaa, en inglés) en Washington D.C.

“Al examinar el expediente de Ricardo Rosselló advinimos en conocimiento de que el elector Rosselló Nevares firmó y entregó dos copias del Formulario Informativo para Aspirantes a Puestos Electivos (Intención de Candidatura por Partido Político) suscritas bajo juramento fechadas, ambas, al 7 de julio de 2021. En éstas juramenta ante la Comisión que dicho elector está inscrito en dos precintos distintos en la misma fecha de juramentación, lo que denota la intención de ofrecer información falsa a la Comisión Estatal de Elecciones”, resaltó Cruz Maldonado.

“Conforme a la prueba desfilada la semana pasada en el Tribunal de San Juan, resulta imposible que como elector pueda estar inscrito para votar en dos precintos distintos, como lo es en este caso. Rosselló está inscrito para votar en Guaynabo 7, pero es falso que esté inscrito en San Juan 004. Sin embargo, este detalle al parecer no es de importancia para la CEE quien durante la tarde de hoy lo certificó como cabildero”, añadió el comisionado electoral.

Según explicó, en los documentos entregados, y como salió a relucir en el caso de Rosario Rodríguez vs Rosselló Nevares, no existe controversia que Rosselló Nevares está inscrito en el Precinto 007 de Guaynabo. Sostuvo que el Artículo 269 del Código Penal, perjurio, dispone lo siguiente: Toda persona que jure o afirme, testifique, declare, deponga o certifique la verdad ante cualquier tribunal, organismo, funcionario o persona competente y declare ser cierto cualquier hecho esencial o importante con conocimiento de su falsedad o declare categóricamente sobre un hecho esencial o importante cuya certeza no le consta, incurrirá en perjurio y será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres años. Si la persona convicta es una persona jurídica será sancionada con pena de multa hasta $10,000.

La misma ley establece que: también incurrirá en perjurio toda persona que bajo las circunstancias establecidas en el párrafo anterior, preste dos o más testimonios, declaraciones, deposiciones o certificaciones irreconciliables entre sí. En este caso será innecesario establecer la certeza o falsedad de los hechos relatados.

“En un escrito enviado a los fiscales que llevan a cabo la investigación por parte del Departamento de Justicia, en el cual presentamos nuestras preocupaciones por la evidencia que emana del expediente del elector en cuestión, incluimos un tercer documento, el cual fue juramentado por el elector Rosselló Nevares el 16 de junio de 2021 y sometido ante la comisión como parte de los documentos para cumplir con la Certificación del Acuerdo CEE-AC-21-208. A simple vista ese otro documento es una alteración del formulario CEE-2021-EE-0XXXX. En realidad, estamos ante una conducta preocupante de un elector que insiste en alterar, modificar y someter información falsa ante la Comisión para obtener una certificación de candidatura”, acotó Cruz.

El comisionado cuestionó que el presidente de la comisión se apresurara a certificar a Rosselló Nevares a pesar del pleito pendiente ante el Tribunal Apelativo y con la posibilidad de que el mismo tenga que ser atendido por el Tribunal Supremo de Puerto Rico, pero, sobre todo, ante “las evidentes intenciones del elector Rosselló de ofrecer información falsa bajo juramento a la Comisión”.

“Certificar y juramentar a la prisa en este caso denota la preocupación de aquellos que actúan al margen de la ley. Con estos acontecimientos le acaban de quitar el poco prestigio que le quedaba a la Comisión convirtiendo a esta agencia en un juguete propiedad del PNP”, concluyó.

Rosselló Nevares obtuvo el voto de 53,823 personas en la pasada elección especial celebrada el pasado 16 de mayo que costó sobre un millón de dólares y que tuvo una participación de un 3.92%. Según los datos oficiales, solo hubo 92,448 papeletas de un total de 2,358,923 personas que están inscritas para votar en el País.

Ayer, el Tribunal de Apelaciones declaró “ha lugar” la moción presentada por los abogados del PNP para que se certifique su triunfo como delegado por la estadidad. En una breve resolución, el Tribunal Apelativo ordenó “la continuación de los procesos conducentes a la certificación de Ricardo A. Rosselló Nevares”, hasta que se resuelva el recurso presentado.

Además, el Tribunal Supremo de Puerto Rico rechazó esta mañana atender el caso de Rosselló Nevares sobre la controversia de su certificación como cabildero.

La jueza Rebecca de León Ríos, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, ordenó el pasado miércoles, 30 de junio, la descalificación de Rosselló Nevares por no cumplir con los requisitos de ley para ocupar el cargo.

Según la sentencia, “no cumplía con los requisitos de residencia ni de domicilio electoral” al momento en que fue electo por nominación directa en el proceso que se llevó a cabo el pasado 16 de mayo, “por lo que su elección estuvo viciada de nulidad, fue inoficiosa y no surte efectos jurídicos”.

Asimismo, la juez manifestó que no creyó en el alegato presentado por Rosselló Nevares en el que expresó desconocer sobre la doble registración electoral: en Virginia y en Puerto Rico.

Ante esto, los abogados de la Palma Francisco González Magaz y Ramón Rosario Cortés acudieron el pasado 2 de julio al Tribunal de Apelaciones en busca de revocar la descalificación y para que ordenaran a la Comisión Estatal de Elecciones a certificarlo como delegado congresional a la Cámara de Representante de Estados Unidos.