Desestiman demanda de legisladoras del Proyecto Dignidad sobre currículo de perspectiva de género
En la sentencia, el juez dicta que las demandantes no han sufrido un daño claro y palpable.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 3 años.
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El juez del Tribunal de Primera Instancia de San Juan Anthony Cuevas desestimó la demanda interpuesta por las legisladoras del Proyecto Dignidad Joanne Rodríguez Vive y Lisie Burgos, quienes exigían “el cese y desista” de las órdenes ejecutivas relacionadas con la implantación de un currículo con perspectiva de género en el sistema público de enseñanza a través de las escuelas coeducativas.
“El Tribunal declara Ha Lugar la Moción de desestimación presentada por el Gobierno. Se desestima la demanda presentada por ausencia de legitimación activa, ya que las demandantes no han sufrido un daño claro y palpable ni un daño que afecte sus prerrogativas como legisladoras”, lee la sentencia.
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Según los documentos del tribunal, la demanda fue radicada por la senadora Joanne Rodríguez Veve y la representante Lisie Burgos Muñiz, contra el gobernador Pedro Pierluisi y la secretaria designada del Departamento de Educación, Elba Aponte.
En la misma, las legisladoras alegan que las órdenes ejecutivas 2020-078 y 2021-013 violan las disposiciones de la Ley 62 de 2017, conocida como Ley para disponer el desarrollo de un proyecto piloto de escuelas coeducativas dirigido a promover la equidad de género, porque se exceden en su alcance y de esa forma “pretenden usurpar los poderes constitucionales de las demandantes en su capacidad de legisladoras y portavoces del Partido Proyecto Dignidad”.