Departamento de Educación debe pagar más de $100 mil por demanda de hostigamiento sexual
El caso contiene la cuantía más alta impuesta en compensaciones y multas por parte de la OPM entre sus casos adjudicados.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 2 años.
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Durante dos meses, personal del Departamento de Educación (DE) ignoró los pedidos de auxilio que hizo una maestra de la escuela Bellas Artes Miguel Ángel Juliá Collazo, de Cayey, que se sentía acosada y en un ambiente hostil en su trabajo a raíz de unas fotografías obscenas y de índole pornográfico que recibió en su celular. Según la investigación policiaca, el envío -inicialmente identificado por parte de un anónimo- resultó ser provocado por otro maestro del plantel, con quien la educadora había tenido altercados previos.
Casi cuatro años después de los hechos (noviembre de 2018), y tras una exhaustiva investigación a través de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) y la validación de los hallazgos concluyentes por parte del Tribunal de Apelaciones, el DE tendrá que pagar $75,000 en compensación a la maestra víctima por los daños físicos y emocionales que sufrió tras el mal manejo de la situación por parte de la dependencia; y $24,800 en multas administrativas por no activar el protocolo requerido por la Ley 17 de 1988 (Ley para Prohibir el Hostigamiento Sexual en el Empleo) e incumplir con el requerimiento de información y producción de documentos de la Ley 20 de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres.
Además, se le impuso $15,000 en honorarios de abogado, pues se determinó que el DE “fue temerario en el manejo de la querella sobre hostigamiento sexual cuyo litigio se extendió por dos años”.
En total, Educación debe desembolsar $114,800. Esta es la cuantía más alta impuesta en compensaciones y multas por parte de la OPM entre sus casos adjudicados.
Así se desprende de una Resolución Adjudicativa firmada por la procuradora de la OPM, Lersy Boria, en julio de 2021 y que fue ratificada por el Tribunal Apelativo en una sentencia emitida el pasado 9 de marzo de 2022, esto luego que el DE radicara un recurso de revisión administrativa a la curia. El número de caso en la procuraduría es el OPM-Q-2019-02.
Cabe señalar que Educación admitió en el recurso de revisión la negligencia cometida en el manejo del caso de hostigamiento sexual en el empleo y que su única objeción era la cuantía de $15,000 en pago en honorarios de abogados y en la compensación a la víctima que, inicialmente, era de $90,000, pero fue ajustada a $75,000 por el Tribunal Apelativo, pues este es el tope por ley otorgado en demandas contra el gobierno.
“No estamos solicitando que se alteren las determinaciones de hechos, ni las adjudicaciones de credibilidad del Oficial Examinador Designado, que la OPM acogió en su Resolución, sino que -a partir de esas mismas determinaciones- este foro revisor formule sus propias conclusiones de derecho y ejerza un juicio independiente con respecto al valor de los perjuicios sufridos por el demandante”, expresó la agencia en el documento en poder de este diario y que está identificado como el KLRA-2021-00512.
Sin embargo, el Tribunal Apelativo en su sentencia ratificó la pesquisa, hallazgos y penalidades impuestas a Educación por parte de la OPM y envió un contundente mensaje a la agencia que falló en el manejo del caso bajo la incumbencia de la convicta exsecretaria de Educación, Julia Keleher, a quien se le señaló de haber obstaculizado la investigación que realizó la OPM.
Keleher se declaró culpable a nivel federal de dos cargos por conspirar para cometer fraude y fue sentenciada a seis meses de prisión y un año de arresto domiciliario. Saldrá de prisión el próximo 22 de julio.
“Luego de un estudio minucioso del recurso antes nos, constatamos que la Resolución Adjudicativa está ampliamente sustentada por prueba documental y testifical. Las determinaciones de hechos revelan -sin lugar a duda- que la querellante fue víctima de hostigamiento sexual laboral; que el Departamento de Educación incumplió con la política pública y con el protocolo que establece la Ley 17-1988, supra, para proteger a la (nombre de maestra acosada, el cual no revelamos para proteger su identidad) como víctima de hostigamiento sexual en su empleo en la Escuela Miguel Ángel Juliá Collazo de Cayey; que la querellante sufrió daños físicos y emocionales y angustias mentales producto del hostigamiento del cual fue víctima y del mal manejo de la querella por parte del Departamento de Educación; y que el recurrente obstaculizó la investigación e incurrió en planteamientos frívolos que obligaron a la querellante a someterse a las molestias del presente litigio”, dictó en su sentencia la curia.
Además, el tribunal señaló que surgió “claramente” del expediente, que el DE fue “temerario” en el manejo de la querella. Señaló, por ejemplo, que la directora de la escuela (Lizzette Colón) a sabiendas de lo que había ocurrido y de que había, incluso, una investigación policiaca sobre los hechos, obligó a la víctima a asistir a una reunión en la que también estaría su hostigador (Charles Marzant). “Incluso, tardó meses en tomar acción al respecto”, agrega el documento.
Mientras, se hace hincapié en que la agencia también fue temeraria al no dar seguimiento a la investigación y no tomar medidas disciplinarias oportunas en contra del hostigador, lo que desencadenó en que la víctima tuviera que recurrir a la OPM a presentar una querella contra la dependencia gubernamental.
¿Qué ocurrió?
El 7 de noviembre de 2018 una maestra de la escuela de Bellas Artes de Cayey recibió -en horas laborables- unos mensajes en su celular con dos fotos de un exmaestro del plantel. El hombre en la foto aparecía desnudo, en posiciones pornográficas y sujetándose su pene erecto. En ese momento, la víctima desconocía la procedencia del número telefónico que le envió el mensaje.
Aturdida, la maestra fue a notificar lo ocurrido a la directora escolar, Lizzette Colón, pero no fue hasta dos días después que pudo relatarle lo acontecido debido a retrasos a causa de reuniones.
Además, el 9 de noviembre de 2018, luego de hacer las denuncias a la directora, la maestra acosada presentó una querella en el cuartel de la policía de Cayey. Fue entonces que como parte de la pesquisa policiaca se supo que el mensaje había sido enviado de un teléfono prepagado comprado por el maestro de danza del plantel, Charles Marzant Ortiz, con quien la víctima había tenido una mala relación en el trabajo y altercados previos, incluyendo una agresión verbal e intimidación en un salón de clases.
Trascendió también que el mensaje de contenido sexual fue enviado a otras dos personas.
Según el agente encargado, el maestro entregó a las autoridades una tarjeta de memoria del dispositivo totalmente destruida. El hombre admitió que no se llevaba bien con la víctima. En la pesquisa se menciona que la policía informó todo a la directora y la orientó para que activara el protocolo requerido por ley. Posteriormente, el caso fue trasladado a la División de Delitos Sexuales de Guayama.
De hecho, de un “informe de situación por aparente abuso sexual”, escrito y firmado por la directora escolar, se indica que el maestro Marzant Ortiz le había admitido que fue él quien envió el mensaje con las fotos, según se desprende de la investigación de la OPM.
Trascendió que la directora escolar no activó el protocolo, ni tomó medida cautelar, ni le informó a la querellante qué haría al respecto. Tampoco hubo referidos para acción disciplinaria.
Según la investigación de la OPM, la inacción del DE provocó que la víctima sufriera angustias mentales que se fueron agravando debido a que el hostigador permaneció en la misma escuela. La mujer se sentía tan estresada que ni se atrevía ir al baño sola para hacer sus necesidades biológicas por temor a encontrarse con su hostigador. Tres compañeras de trabajo le sirvieron de apoyo y testificaron a su favor durante la pesquisa.
Esta situación se alargó hasta principios de enero de 2019 cuando a inicios del segundo semestre escolar la directora celebró una reunión en un salón del plantel con toda la facultad. En el lugar estaría el maestro acosador, por lo que la víctima se sintió intimidada de acudir al cónclave. La reacción de la directora escolar fue enviarle un mensaje de texto a la víctima indicándole que, de quedarse en el salón, se le consideraría ausente.
“Le recomiendo se reporte a la reunión de lo contrario tendré que marcarla ausente o someterle cargos por incumplimiento de su deber”, fue el mensaje enviado.
Ante la amenaza de sometimiento de cargos si no asistía a la reunión, la educadora acudió al día siguiente (10 de enero de 2019) a buscar auxilio en la OPM y presentó una querella a nivel central en el DE. Fue entonces que se tomó “la medida cautelar” de enviar al maestro a trabajar a otro lugar de la agencia.
La recomendación llegó desde la Oficina de Derechos Civiles del DE, donde también se sugirió que se tomara la querella, que se iniciaran medidas preventivas para evitar un ambiente hostil y orientar a la directora y a la región educativa (Caguas) para que activara los procesos de protección de víctimas en casos de acoso sexual.
De ahí en adelante comenzó la pesquisa por el Oficial Examinador de la OPM, la cual culminó con la Resolución Adjudicativa emitida por la procuradora Boria y ratificada por el Tribunal Apelativo.
Educación sigue investigando
Primera Hora solicitó una reacción al secretario actual del DE, Eliezer Ramos Parés, para conocer si la agencia pedirá revisión del caso al Tribunal Supremo o acatará lo resuelto por el Tribunal Apelativo desembolsando los $114,800 en penalidades y compensación. También, cuáles medidas disciplinarias o acciones correctivas -si alguna- se tomaron contra la directora escolar y el maestro acosador.
En escuetas declaraciones escritas, el secretario de Educación reveló que a casi cuatro años de ocurridos los hechos, la agencia todavía está “en la etapa de celebración de vistas administrativas en contra del maestro que envió fotos con contenido sexual a otras personas”.
“Por estos mismos hechos, la persona a quien este maestro le envió las fotografías, hizo una querella en la Oficina de la Procuradora de la Mujer”, agregó.
Este argumento del secretario de Educación no menciona que la víctima, además de la OPM, presentó una querella en la agencia el 10 de enero de 2019, la cual fue recibida por la investigadora Irisbell González. De hecho, la directora de la División Legal para ese entonces, Grethel Cathiard, abrió el expediente que fue presentado como prueba documental por la OPM y que evaluó, posteriormente, el Tribunal Apelativo. Tres años y medio después de radicada la querella, la agencia acepta que continúa investigando.
“Al conocerse las alegaciones, de manera inmediata, al maestro se le envió en medida cautelar hasta que se culmine el proceso administrativo disciplinario; esto significa que dicho empleado no está trabajando en el lugar donde ocurrieron los hechos ni tiene contacto con las alegadas víctimas. Esta es una medida preventiva que se toma para salvaguardar la seguridad, bienestar y la integridad de ambas partes durante el proceso de investigación, garantizando también la transparencia del proceso”, agregó Ramos Parés.
Este alegato del secretario es parcialmente cierto, pues de la pesquisa realizada por las autoridades se desprende que el DE conoció del hostigamiento sexual a través de la directora y no tomó medidas cautelares hasta dos meses después, cuando se trasladó al hostigador a otro lugar de trabajo.
El informe de la OPM destaca que cuando se ubicó al maestro en otra escuela, no se le prohibió visitar el plantel donde laboraba la víctima, lo que provocó otras situaciones de estrés para la querellante.
“En el caso de la Oficina de la Procuradora de la Mujer, se determinó que la directora manejó el asunto de manera incorrecta, lo que desembocó en imponer multas en contra del Departamento y en favor de la querellante. El caso se está atendiendo actualmente, de acuerdo a las disposiciones del tribunal”, acotó finalmente el funcionario sin ofrecer más detalles.
“Retantes” pesquisas de hostigamiento sexual
En entrevista con Primera Hora, la Procuradora de las Mujeres se expresó satisfecha con la pesquisa realizada en su oficina y acotó que las 27 adjudicaciones que se han emitido desde el 2018 hasta el 2022 han prevalecido en tribunales de jerarquía y han reinvindicado los derechos de las víctimas o “participantes”.
“Este es el caso en el que más compensación se le ha otorgado a una participante. Estamos hablando de un caso por acoso sexual en el empleo que comenzó por unas fotos que se le envían a la víctima. El caso nos llega después de varios intentos por parte de ella de resolver la situación a través de la directora de la escuela y en el que se intentó agotar otros remedios. En este caso se litigó hasta el Apelativo, fue un proceso extenso a pesar de ser evidente la prueba... aun así el Departamento de Educación prefirió proseguir litigando el caso y someter a la víctima a un proceso tortuoso. Y así lo confirmó el Tribunal Apelativo, que indemnizó a la participante con $75,000 y estuvo a favor del pago de $15,000 en honorarios”, destacó Boria al precisar que su agencia no puede tomar acciones disciplinarias sobre la negligencia por parte de la directora escolar o los actos de acoso del maestro hostigador.
“El alcance de nuestra oficina es proteger a la víctima... para mí como procuradora y mujer me es incómodo saber que solamente se haya removido (al maestro). Si yo hubiese tenido la facultad, lo hubiese destituido”, agregó.
Señaló que durante el proceso se evidenció también que el DE falló en no ofrecer a sus empleados unos talleres sobre el hostigamiento sexual en el empleo, algo que está constituido por la Ley 17.
“Creo que la lección detrás de este caso es que los patronos, agencias, municipios, entre otros, comprendan y reconozcan las facultades que tiene nuestra oficina para imponer multas en casos en que no se contestan nuestros requerimientos de información y documentos en medio de una investigación... nosotros tenemos ese poder”, subrayó.
De las 27 adjudicaciones emitidas entre 2018 al 2022 por la OPM, hay 11 relacionadas a la Ley 427 que reconoce la política pública de otorgar un periodo de lactancia o extracción de leche materna, tanto en empresas privadas como del Gobierno, sus instrumentalidades, municipios y corporaciones públicas.
Asimismo, hay nueve casos relacionados a hostigamiento sexual en el empleo. De estos, cinco se han suscitado en agencias de gobierno o municipios, incluyendo el caso de Educación con el maestro de Cayey.
“En el caso de la lactancia, a pesar de que hay legislación aprobada y que es fiscalizada, todavía tenemos una resistencia de parte de algunos patronos y directores de recursos humanos donde minimizan lo que solicita la querellante. En el caso del hostigamiento sexual es más retante, porque en Puerto Rico vivimos en una cultura machista donde se cataloga como una bobería el acoso y le dicen a la víctima: ‘ignóralo, no pasa nada’. También se viola la confidencialidad. O las remueven a ellas a otras oficinas, en lugar de mover a su agresor. Estos son los casos que vemos comúnmente. Hay un patrón de incumplimiento e insensibilidad por parte de los patronos”, puntualizó.
Expresó que muchas veces las víctimas no acuden a radicar querellas, precisamente, por el estigma que hay en contra de ellas. “Ya cuando llegan a nosotros, la mayoría, hay una bitácora de hechos; es que ellas no aguantan más y casi siempre se demuestra que los patronos no les hicieron ningún tipo de caso, o fueron insensibles en proteger sus derechos”, dijo al aclarar que en caso de que la OPM no tenga jurisdicción se busca auxilio en cualquier otra autoridad, incluso a nivel federal.
Cualquier mujer víctima de hostigamiento sexual en el empleo, o violación de algún otro derecho, puede solicitar ayuda a la OPM a través del (787)-722-2977.