Cuatro representantes del Partido Nuevo Progresista (PNP) presentaron hoy, jueves, una demanda contra el gobernador Alejandro García Padilla para frenar la implantación de la Orden Ejecutiva que viabiliza la decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos de reconocer y permitir los matrimonios homosexuales en todos los estados.

María Milagros Charbonier, Waldemar Quiles, Pedro Julio “Pellé” Santiago y Luis “Tato” León presentaron su petición de interdicto ante el Tribunal de Primera Instancia de San Juan e incluyeron en la demanda al secretario de Justicia, César Miranda, así como a la secretaria de Salud, Ana Ríus. 

Sostienen en el documento de 29 páginas que la decisión del Supremo en el caso Obergefell v. Hodges no aplica por su propia fuerza al Estado Libre Asociado de Puerto Rico y consideran que la Orden Ejecutiva 2015-021, que establece un plazo de 15 días para que las agencias gubernamentales puedan comenzar a expedir licencias de matrimonio a parejas del mismo sexo infringe la separación de poderes, por lo que sería inconstitucional.

Relacionadas

Los legisladores enfatizaron que en Puerto Rico no aplica la XIV Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos por ser un territorio no incorporado y por falta de poder “ex propio vigore”, que se refiere a la aplicabilidad automática de una decisión judicial u otra norma de derecho.

¿Qué resolvió el Supremo federal? lea aquí

“Por esa razón, la falta de poder “ex propio vigore”, es que nos vemos en la obligación de preguntarnos: ‘¿Cuando el Tribunal Supremo de los Estados Unidos se refiere a ‘Estado’, en la sentencia Obergefell v. Hodges, se estará refiriendo también a un territorio?’ Entendemos que no, precisamente, por el uso y la referencia continua a la palabra estado en toda la sentencia y Puerto Rico es un territorio. Por eso, podemos afirmar que la Orden Ejecutiva del Gobernador pretendiendo enmendar el Artículo 68 de nuestro Código Civil es inconstitucional”, señaló Charbonier en comunicado de prensa. 

Los legisladores incoaron el Artículo 68 del Código Civil de Puerto Rico, que reglamenta el matrimonio en esta jurisdicción, el cual, señalan, “no ha sido derogado, ni ha sido declarado inconstitucional por el Tribunal Supremo de Puerto Rico o por el de los Estados Unidos de América”. 

“Se añade a la gravedad de la acción del gobernador el hecho de que ante la Asamblea Legislativa del Estado libre Asociado de Puerto Rico, hay presentados sendos proyectos de ley para implementar legalmente el matrimonio de personas del mismo sexo en Puerto Rico… Una orden ejecutiva no puede ni ir por encima de una ley, ni enmendar una ley, ni derogar una ley vigente”, lee la demanda. 

“Las leyes en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico solo se derogan por otras leyes posteriores. Además, una orden ejecutiva no puede ser utilizada para legislar”, dice el documento al establecer que esa labor le toca a la Asamblea Legislativa.

Repudian la demanda 

La abogada Ada Conde, quien demandó en el Tribunal Federal para que se declarara inconstitucional precisamente el Artículo 68 del Código Civil de Puerto Rico, estableció que la décimo cuarta enmienda de la Constitución de Estados Unidos aplica a los ciudadanos estadounidenses, por lo que no tiene sentido que cuatro legisladores estadistas la estén cuestionando. 

“La décimo cuarta enmienda tiene que ver no con territorio, no con el estado, tiene que ver con los individuos, no importa dónde estén. Así que esa decisión les aplica a todos los que somos ciudadanos americanos, contra ese no se puede ir”, señaló Conde, quien catalogó la gestión de los representantes del PNP como “una vergüenza y una pérdida de recursos y de tiempo”.

La letrada indicó que no es necesario que la Asamblea Legislativa legisle para enmendar el artículo que reglamenta el matrimonio en Puerto Rico, pues la decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos aplica en la Isla, independientemente de las leyes vigentes.

Comparó la situación con la decisión de 1973 Roe v. Wade, que reconoció como un derecho el aborto y que aplica en la Isla, aun cuando se mantiene en el Código Penal de Puerto Rico como un delito.

“Esto no tiene que ver con status, que es lo que están tratando de hacer ver y no tiene que ver”, insistió la abogada.

Conde adelantó que, en relación con su caso, solo resta que el Tribunal Federal en Puerto Rico adjudique según lo decidido por el Supremo, lo que dijo, es solo un trámite administrativo. 

Por su parte, el activista de derechos humanos Pedro Julio Serrano expresó en comunicado de prensa que “da vergüenza que aquellos que piden igualdad en otros lares se la quieran negar a sus propios compatriotas LGBTT”. 

“Lo triste para ellos y alegre para el resto es que tanto el Primer Circuito de Apelaciones en Boston como el Tribunal Supremo de Estados Unidos – del país al cual quieren ser parte – ya decidieron que la igualdad matrimonial aplica en Puerto Rico”, declaró el portavoz de Puerto Rico Para Tod@s, organización que fue codemandante en el pleito incoado por Conde y su esposa Ivonne Álvarez. 

Serrano hizo un llamado a que “cuando se adjudique el ‘no ha lugar’ de esta demanda, se le impongan sanciones por temeridad. Que le quede claro a los grupos y legisladores fundamentalistas: la igualdad matrimonial llegó para quedarse. Punto”