Comisionada reacciona a decisión de juez federal sobre beneficios a residentes de Puerto Rico
El juez declaró inconstitucional negarle a residentes de la Isla otros beneficios que se otorgan en los estados.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 4 años.
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La comisionada residente en Washington, Jenniffer González Colón, se expresó sobre el fallo de hoy del juez del Tribunal Federal Distrito de San Juan, William Young, quien ordenó que el gobierno federal otorgue acceso igual a los ciudadanos americanos de la Isla a todos los beneficios asociados a los programas de Seguridad de Ingreso Suplementario, Asistencia Nutricional Suplementario (conocido como SNAP, por sus siglas en inglés), al igual que a los subsidios por bajos ingresos de la parte “D” de Medicare, los cuales cubren la compra de medicamentos recetados.
“El resultado en este caso es una extensión natural de lo resuelto en el caso de Vaello Madero: que la exclusión de los residentes de Puerto Rico de los programas federales de beneficencia que están disponibles para los demás ciudadanos americanos es repugnante a los principios básicos de nuestra Constitución”, mencionó González Colón mediante comunicación escrita.
“Personas enfermas y de escasos recursos van a poder beneficiarse de estas tres ayudas igual que en cualquier estado. Como dije en mi comparecencia en el caso de Vaello-Madero: un ciudadano que padece necesidad padece de la misma necesidad viva en un Estado o en un territorio y diferenciarlos basado en donde residen no persigue ningún fin racional”, indicó la comisionada.
El Seguro de Ingreso Suplementario (SSI, por sus siglas en inglés) es un programa que ayuda económicamente a personas de 65 años o más, bajo la línea de pobreza o condiciones especiales o menores con condiciones como cáncer, síndrome de Down, esclerosis, entre otras.
El pasado 10 de abril, el Apelativo determinó que la exclusión de los ciudadanos americanos que viven en Puerto Rico de los beneficios por discapacidad bajo el SSI contraviene las garantías de igualdad de protección de la Quinta Enmienda de la Constitución. Esto al confirmar la decisión ya emitida por tribunal de Distrito en el caso USA v. Vaello-Madero, donde la comisionada compareció como “amiga de la corte”, cuando se atendió en el Distrito y también en Apelación