La Cámara baja aprobó este martes la resolución que detalla cómo se repartirá el incentivo reintegrable que llegará a los contribuyentes que cualifiquen tras rendir sus planillas este año.

La resolución establece que los contribuyentes elegibles recibirán un mínimo de $100.

El representante Jesús Santa, presidente de la comisión de Hacienda de la Cámara, explicó a este medio que introdujeron enmiendas a la propuesta enviada por el Departamento de Hacienda para que haya un mínimo en lo que recibirán los contribuyentes con derecho al incentivo.

“Si te toca recibir entre $0 y $200, pusimos que se va a redondear al próximo dígito de $100. Es decir, si te toca un cheque de $50, vas a recibir uno de $100. Si te toca un cheque de $110, vas a recibir $200″, explicó Santa al agregar que los incentivos sobre los $200 no tendrán este beneficio.

Agregó que sí hay los fondos para cumplir con este beneficio adicional incluido en enmiendas por parte de la Cámara de Representantes.

Tras ser aprobada en la Cámara baja, la Resolución 606 debe ser considerarla en el Senado, que tiene sesión el próximo jueves.

La resolución es la segunda parte del proceso que permitiría a los contribuyentes puertorriqueños recibir el incentivo reintegrable. Esto, porque la Asamblea Legislativa aprobó previamente la asignación de $250 millones para ser repartidos en este beneficio.

El incentivo reintegrable es el mecanismo que la Legislatura y el Ejecutivo negociaron con la Junta de Supervisión Fiscal (JSF), una vez el ente que controla las finanzas públicas de la isla se opuso a una reducción en las tasas contributivas que pagan individuos y empresas en Puerto Rico.

La Fortaleza, en tanto, informó que el gobernador Pedro Pierluisi ya firmó la asignación de fondos para el incentivo.

La repartición de los fondos

El incentivo reintegrable solo podrá repartirse este año, está dirigido a individuos únicamente y este se calculará en Hacienda a base de la planilla que radique cada contribuyente. La agencia, entonces calculará lo que hubiera pagado el individuo, de haberse aprobado la reforma contributiva propuesta. Esa diferencia llegará entonces como un incentivo a los contribuyentes.

La resolución establece algunos parámetros para repartir los fondos. Entre estos: haber sido residente de Puerto Rico durante el año natural 2023 y tener un ingreso neto sujeto a contribuciones igual o menor a $250,000.

Los contribuyentes casados que rinden juntos deberán tener un ingreso igual o menor a $250,000 para poder recibir el incentivo. Los que tributan de forma individual deberán entonces cumplir, cada uno, con este requisito de ingreso.

Las disposiciones aclaran que “aquellos individuos que en la planilla escojan computar su contribución sobre ingresos utilizando la contribución opcional… en lugar de tributar bajo la contribución normal, no tendrán derecho a recibir el incentivo”.

“El incentivo no será determinado por el contribuyente en su planilla. Tampoco será necesario que se complete un formulario o solicitud adicional para recibir el mismo, en caso de ser elegible”, reza la resolución. “El incentivo será computado por Hacienda luego de procesar la planilla del individuo”.

“El incentivo se pagará de forma separada a cualquier reintegro al que tenga derecho el contribuyente, si alguno, sin requerirle a los contribuyentes someter un formulario o documento adicional para recibir el incentivo aquí dispuesto”, reza la resolución. “El pago se realizará por depósito directo, utilizando la cuenta de banco indicada con su planilla para el pago de su reintegro. En aquellos casos donde el contribuyente no reclame reintegro, el programa que utilice para la preparación de la misma le debe permitir incluir información de su cuenta de banco”.

Empero, a los contribuyentes con deudas – ASUME, CRIM – se les acreditará el incentivo al pago de estas deudas.

El incentivo reintegrable estará excluido de toda contribución sobre ingresos, de acuerdo con la resolución.