Cámara aprueba medida para eximir del IVU artículos y equipo al inicio de temporada de huracanes
Una enmienda permitiría que el Secretario de Hacienda aplique la exención este año.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 3 años.
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La Cámara aprobó esta noche una medida que exime del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) varios artículos y equipos de primera necesidad al comienzo de la temporada de huracanes, que se extiende del primero de junio hasta el 30 de noviembre de cada año.
La exención contributiva aplica el último fin de semana del mes de mayo, pero se aprobó una enmienda en sala para “salvar el 2021” autorizando al Secretario de Hacienda a conceder la exención en la presente temporada de huracanes mediante una orden administrativa.
La medida se aprobó en votación unánime (46-0).
De ser ratificada por el Senado y convertida en ley por el gobernador Pedro Pierluisi, la medida entraría en vigor inmediatamente.
“Tristes recuerdos arropan nuestro ser durante este período, pues de una forma u otra, todos hemos sido afectados por alguno de estos fenómenos atmosféricos”, dijo el portavoz de la mayoría popular y autor de la medida, Ángel Matos García.
Entre los artículos que no pagarían el IVU figuran: envases, tanques y cisternas para combustible y agua, tormenteras, herrajes, anclaje y tornillería; sogas y amarres, paneles de zinc de construcción, alimentos no perecederos, agua, artículos de limpieza e higienización; piezas y productos para reparación y mantenimiento de generadores y equipo solar de emergencia.
También quedarían exentos equipos como: generadores portátiles que no excedan los $3 mil; baterías individuales o en paquetes (AAA, AA, C, D, 6 o 9 voltios); lámparas operadas con baterías o energía alternativa; linternas, velas y fósforos; equipo solar de emergencia; taladros, sierras de disco, martillo; estufas y hornillas de gas; gas en cilindros y tanques; escaleras de emergencia o rescate; contraventanas para huracanes; hachas y machetes; abridores de latas no electrónicos y neveras portátiles para conservar hielo y alimentos.
De igual forma serían exentos del impuesto los extintores de incendios, detectores de humo o de monóxido de carbono operados con baterías; botiquines de primeros auxilios, contenedores o envases plásticos para despacho de combustible; sistema de anclaje terrestre o kit de amarre al suelo; baterías de teléfonos móviles y cargadores de teléfonos móviles; radios portátiles, radios de dos vías (transmisor-receptor) y radios de banda ancha; abanicos operados con batería o energía alternativa; estufas portátiles; gas propano y lonas u otro material flexible e impermeable de naturaleza similar.
Se aprobó también el Proyecto del Senado 450, que busca garantizar la negociación colectiva de los trabajadores de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE). La pieza de ley, que recibió 43 votos a favor y tres abstenciones, pasa ahora a la firma del Gobernador. Se esperaba también el cruce de la Resolución Concurrente 16, que dispone que el contrato de LUMA Energy no sea inscrito en el Registro Inmobiliario de Puerto Rico, pero al cierre de la sesión la medida no había llegado a la Cámara.
Se aprobó también en Cámara, por unanimidad, un proyecto del Senado que restituye los feriados del Día de la Constitución de Puerto Rico, que se conmemora el 25 de julio y el natalicio de José Celso Barbosa, que se conmemora el 27 de julio.
Además, el cuerpo legislativo dio su consentimiento a una resolución de los representantes del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC), Mariana Nogales Molinelli y Bernardo Márquez Reyes para expresar el apoyo de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico a la legislación presentada en el Congreso federal que promueve la abolición de la pena de muerte.
Además, se dio paso a varias resoluciones de investigación sobre diversos asuntos que atañen a distritos representativos.