Avalan medida que incluye crédito contributivo por gastos de veterinario de mascotas
La pieza legislativa se aprobó hoy en la Cámara y pasa al Senado para el análisis de rigor.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 6 meses.
PUBLICIDAD
La Cámara de Representantes aprobó hoy el Proyecto de la Cámara 1409 que propone un crédito contributivo por gastos de veterinario en el cuidado de mascotas domésticas.
La pieza legislativa, de la autoría del representante Ángel Matos García, busca crear una nueva sección en el Código de Rentas Internas para establecer un crédito contributivo de hasta $500 anuales por contribuyente.
El proyecto define como mascotas domésticas el animal de compañía perteneciente a especies que crían y poseen tradicional y habitualmente los seres humanos, con el fin de vivir en domesticidad en el hogar, así como los de acompañamiento, conducción y ayuda (animales de servicio).
Relacionadas
El crédito propuesto, establece la medida, es de un máximo de $500 anuales “por gastos incurridos en el cuidado médico de su mascota doméstica en servicios médico veterinarios, evidenciado por facturas, recibos o cualquier otro método de pago evidenciable sobre los gastos médicos de las mascotas por contribuyente”. El crédito podrá reclamarse cuando dichos gastos sean iguales o mayores a $1,500.
La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL) estimó que la medida tendría un impacto fiscal de $1.4 millones a $1.6 millones entre los años fiscales 2025 al 2029.
La pieza legislativa, que recibió 39 votos a favor y cero en contra, pasa al análisis del Senado.
En la sesión de hoy, la Cámara también dio paso a otra medida (PC 2100), con apoyo bipartita, que busca simplificar el sistema contributivo y las radicaciones que deben hacer los negocios y los contribuyentes.
Entre las disposiciones de esta legislación se encuentra la extensión por 10 años del crédito provisto por la Ley 168-1968 a los hospitales. Asimismo, elimina el requisito de reconciliación contributiva a contribuyente con año natural y establece uniformidad en fecha de vencimiento de extensión de pago de impuestos de ocurrir un desastre natural.
De igual forma, con la aprobación de la pieza legislativa, se brinda la opción a los Municipios de integrar cobro de IVU municipal y patente a través de la plataforma de SURI y simplifica el proceso de obtener licencias de rentas internas al traerlas de vuelta a SURI.
La Cámara también dio paso hoy al Proyecto del Senado 1214 que propone agregar los tsunamis y el sargazo excesivo como situaciones de emergencia con acceso a la cubierta del Fondo de Emergencia.
El estatuto enmienda la Ley del Fondo de Emergencia, para añadir las mencionadas condiciones y “establecer la cubierta supletoria sobre obligaciones y cargos para atender emergencias ambientales cuando el Fondo de Emergencias Ambientales sea insuficiente o insolvente”.
De igual forma, la medida dispone que “el Fondo de Emergencia será aplicado a afrontar necesidades públicas inesperadas e imprevistas, causadas por calamidades, tales como guerras, huracanes, terremotos, tsunamis, sequías, inundaciones, plagas, sargazo excesivo, y con el fin de proteger las vidas y propiedades de la ciudadanía, y el crédito público”.