Avalan medida que impide a convictos de agresión sexual ser evaluados por la Junta de Libertad bajo Palabra
El proyecto fue aprobado sin enmiendas en el Senado y pasa la firma del Gobernador.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 6 meses.
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El Senado aprobó hoy una medida (Proyecto de la Cámara 2106) que excluye a los convictos de agresión sexual en todas sus modalidades y de pornografía infantil, de ser evaluados bajo el programa de la Junta de Libertad Bajo Palabra (JLBP), adscrita al Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR).
La medida aclara que la Ley 85-2022 no aplicará retroactivamente a las personas convictas por estos delitos graves y que no surtirá efecto en el cálculo de su sentencia.
El P de la C 2106, ya aprobado en la Cámara, se aprobó sin enmiendas en el Senado, por lo que pasa a la firma del gobernador Pedro Pierluisi. Recibió 21 votos a favor, uno en contra y dos abstenidos.
La medida legislativa, de la autoría de la representante Jocelyne Rodríguez Negrón evitaría que convictos de estos delitos graves puedan ser considerados por la JLBP con el propósito de ser excarcelados y completar sus condenas en libertad condicional.
La medida busca enmendar también el Artículo 308 de la Ley 146-2012, según enmendada y el Artículo 3 de la Ley Núm. 118 de 22 de julio de 1974, según enmendada a los fines de reafirmar que las personas convictas por los delitos de agresión sexual en todas sus modalidades, -agresión sexual conyugal, actos lascivos, violación, sodomía, incesto-, secuestro, secuestro agravado y pornografía infantil, incluyendo sus tentativas, no podrán beneficiarse del privilegio de libertad bajo palabra, indistintamente de la fecha de la comisión del acto delictivo ni el código penal o la ley especial utilizada para dictar sentencia.
Al igual que en la Cámara, el proyecto se aprobó en el Senado por descargue, sin debate.
La representante Rodríguez Negrón, presidenta de la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara, dijo que la medida busca hacer justicia a las víctimas de agresión sexual y de otros delitos. La legisladora indicó que antes de radicar la pieza de ley varias víctimas de un violador en serie condenado a 177 años de presidio buscaba ser evaluado en la JLBP para salir a la libre comunidad.
“Hay que hacer justicia a las víctimas y es bien importante que se pueda poner un detente porque ahora mismo hay un caso que es muy notorio y hemos estado evaluando en el proceso y previo a haber radicado este pieza legislativa en el que hay una veintena de víctimas de agresión sexual que se están viendo afectadas en este momento porque ya este agresor está siendo evaluado para la posibilidad de ser liberado por la JLBP porque cumple con unos requisitos, pero esta persona, cabe destacar, es reincidente”, indicó Rodríguez Negrón.
Sostuvo que bajo los parámetros actuales de la Ley 85 al cumplir con un mínimo de “20 ó 25 años estas personas pueden ser evaluadas por la JLBP para salir a la libre comunidad y lo que queremos es excluir estos casos de agresores sexuales y que cumplan la sentencia completa que les dicta el tribunal”.
Se aprobó también hoy en el Senado, la Resolución del Senado 933, que propone una investigación abarcadora del proceso que culminó con la polémica excarcelación de un convicto de asesinato al amparo de la Ley 25 de 1992 sobre enfermedades terminales, fingiendo paraplejia. Esta medida es de la autoría del presidente del Senado, José Luis Dalmau Santiago y del senador independiente, José Vargas Vidot.
Otra medida, Proyecto del Senado 1467, relacionada con la Ley 25 de 1992 se devolvió a comisión. Esta pieza legislativa busca enmendar la Ley 25 de 1992 para requerir que los convictos de la Ley 54 para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica, de los artículos 92, 130, 132 y 133 del Código Penal y la Ley 57 de 2023 sobre Maltrato de Menores tengan que cumplir su pase extendido con un dispositivo de supervisión electrónica mediante el Sistema de Posicionamiento Global conocido como GPS.