El Gobierno podría prescindir de los servicios de LUMA Energy tan pronto como el 30 de noviembre, día en que vence el Contrato Suplementario de 18 meses, sin tener que iniciar un proceso de cancelación que tardaría 120 días luego de notificarle al consorcio.

Tampoco tendría que contar con el aval de la Junta de Supervisión Fiscal (JSF), ya que la culminación del acuerdo contractual que comenzó el 1 de junio de 2021 es automática, pero conllevaría un cargo de terminación ascendente a $115 millones.

Esto a menos que la Autoridad para las Alianzas Público Privadas (APP) decida extender el contrato por cierto término y que sea validado por la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y el propio consorcio, encargado de la transmisión y distribución del sistema eléctrico en Puerto Rico.

Así lo estableció el abogado Rolando Emmanuelli Jiménez al sostener que “el país no aguanta un día más, y que hay que actuar lo antes posible para evitar que esto se siga complicando”.

“Estamos jubilosos porque los esfuerzos por salvar el bosque urbano El Samán están rindiendo frutos", expresó Rolando Emmanuelli Jiménez, representante legal de la Farmacia Lorraine.
Rolando Emmanuelli Jiménez

“Ningún ‘termination fee’ se equipara con lo que estamos viviendo, porque cuando se mida el sufrimiento que hay en el país por todas estas interrupciones y problemas con el sistema eléctrico, va a salir más de eso ($115 millones). Además de la pérdida de vidas y de propiedad, es un riesgo constante a la salud y seguridad del pueblo”, expresó a Primera Hora el letrado experto en PROMESA.

El abogado ponceño reiteró que existen varios elementos en el Código Civil que permiten que, si hay incumplimiento, una de las partes reclame la disolución del contrato.

“Es evidente que LUMA no ha cumplido con muchas de las instancias que aparecen en el contrato. Eso el pueblo de Puerto Rico lo ha adjudicado, porque el servicio prometido por LUMA nunca ha ocurrido. El análisis específico de cuáles son las cláusulas que están siendo violadas por LUMA, obviamente eso depende del asesoramiento, hay que mirarlo con mucho detalle”, aclaró.

Igualmente, enumeró algunos compromisos contractuales en que LUMA, presuntamente, ha fallado, entre estos, que “no cuenta con el personal cualificado, lo que impide brindar el servicio contratado, porque no tiene la capacidad necesaria ni las personas con las pericias”.

“Puedo poner ejemplos que son claros: la ausencia de un número adecuado de celadores, la ausencia de celadores certificados para trabajar líneas vivas y el asunto también de que los ingenieros que están trabajando, muchos de ellos de manera ilegal, sin tener la licencia y colegiación del Colegio de Ingenieros de Puerto Rico. Eso por mencionar algunas de las instancias que son prestaciones que son esenciales del contrato”, argumentó.

“¿Cómo vas a manejar la distribución y la transmisión si no tienes las personas adecuadas? Y eso ha quedado evidenciado con la investigación que hizo el representante independiente Luis Raúl Torres”, acotó.

Resaltó, que el proceso de cancelación también está regido por el contrato que establece una cláusula de notificación previa de 120 días.

“Aquí lo que hay que hacer, evidentemente, es articular los fundamentos, que no va a ser difícil encontrar, fundamentos de cancelación para que se notifique con 120 días de antelación para que luego de transcurrido ese término entre en vigor el proceso de transición que está reglamentado en el propio contrato”, manifestó.

No obstante, Emmanuelli sostuvo que más allá de la cancelación hay un asunto importante expuesto en el Contrato Suplementario “que es el que está rigiendo en este momento”.

“Es una visión que estableció la Junta (de Supervisión Fiscal) en lo que se terminaba el proceso de ajuste de la deuda, que es el que vence el 30 de noviembre y es de vencimiento automático. Lo único que lo podría detener es que la Autoridad de Alianzas Público Privadas (APP) decida extender el contrato por cierto término y que la Autoridad de Energía Eléctrica y Luma estén de acuerdo”, afirmó.

“Ese vencimiento no tiene que recibir la bendición de la Junta, que es una de las situaciones que también tiene la cancelación que es importante manejar, que dice que la Junta tiene que estar de acuerdo. Pero el proceso de vencimiento del 30 de noviembre no requiere el consentimiento de la Junta. Así tenemos una instancia óptima para que se pueda hacer el trámite y se entraría entonces en la etapa de la transición”, agregó.

Aclaró que el proceso de transición, en caso de que no se renueve el acuerdo contractual con LUMA, no debe durar más de un año.

“Es una transición que podría permitir varios escenarios, como, por ejemplo, la preparación de una nueva ley de la Autoridad de Energía Eléctrica donde se atiendan todos los ‘issues’ que motivaron la debacle de la Autoridad. Está la politización y la falta de democracia y de representar los intereses del pueblo de Puerto Rico”, puntualizó.

“Todos esos elementos que propiciaron la debacle de la AEE han sido señalados por múltiples entidades que han estudiado a la Autoridad. Es cuestión de sentarnos a hacer una ley que atienda esa situación”, indicó.

De otra parte, admitió que es más viable esperar a que venza el contrato el 30 de noviembre que iniciar un proceso de cancelación, pues “comoquiera hay que esperar 120 días para que entre en vigor la etapa de transición”.

“El contrato es nulo porque es leonino, ya que todas las cláusulas están a favor de LUMA. El contrato viola la Ley 120, que es la ley que propició la transición a la privatización. El contrato viola la ley 29 que es la ley de las Alianzas Público Privadas, viola la ley 17, y esto se estudió en el Comité desde el comienzo”, destacó.

“Un contrato nulo no entra en vigor nunca y, por tanto, el asunto de su cancelación puede ocurrir en cualquier momento. El gobernador (Pedro Pierluisi) tiene un abanico de posibilidades para que se tome la decisión más adecuada. LUMA es tan torpe en el manejo del sistema que todos los días ocurren situaciones que ellos llaman ‘disturbios’, que ponen en riesgo la generación en el país”, resaltó.