El Senado aprobó esta tarde, con enmiendas y sin debate, una resolución de la Cámara que ordena a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), a Luma Energy y a Genera PR a otorgar un crédito no mayor de $300.00 a correspondiente al valor de reparación o abonados residenciales y comerciales por el valor de reparación o sustitución de electrodomésticos, enseres o equipo dañado a causa de apagones, fluctuaciones o bajas en el voltaje del sistema eléctrico del país.

Para hacer la reclamación, el abonado tendrá que demostrar en una declaración jurada ser el dueño del equipo, la fecha del incidente, los daños y el costo de reparación o sustitución, según sea certificado o estimado por un perito electricista. De prosperar la reclamación, el abonado tendría un crédito automático no mayor de $300.00.

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Si las reclamaciones son mayores de $300.00, la pieza legislativa establece que en un término de 90 días después de convertida en ley la medida, Luma Energy y la AEE deben crear un reglamento para adjudicar si proceden o no estos reembolsos o créditos.

La medida (Resolución Conjunta de la Camara 231), recibió 17 votos a favor, uno en contra y 8 abstenciones.

El único voto en contra fue de la portavoz del Proyecto Dignidad, Joanne Rodríguez Veve. Se abstuvieron los novoprogresistas: Marissa Jiménez, Gregorio Matías, Juan Oscar, Nitza Morán, Migdalia Padilla, Thomas Rivera Schatz, Wanda Soto y Carmelo Ríos.

Al aprobarse con enmiendas, la resolución conjunta de la autoría del representante, Juan José Santiago Nieves, regresa a la Cámara de Representantes.

Santiago Nieves expresa en la exposición de motivos de la medida, que como consecuencia de las frecuentes interrupciones en el servicio de energía eléctrica o bajas en el voltaje del sistema eléctrico, se estima que miles de abonados denuncian, año tras año, daños a sus enseres, equipos, o electrodomésticos, incurriendo asé en gastos adicionales para reparar o adquirir nuevos equipos.

Sostiene el legislador del Partido Popular Democrático, que aunque la AEE tiene actualmente un proceso de reclamaciones, el mismo carece de un “procedimiento uniforme para tratar asuntos de esta naturaleza”.

“Resulta injusto y abusivo que un abonado de la AEE tenga que recurrir a gastos extraordinarios de reparación o sustitución de enseres”, dice la medida legislativa.

La Comisión de Proyectos Estratégicos del Senado indica en el informe de la pieza legislativa que LUMA Energy rechazó el crédito propuesto bajo el alegato de que impondría una carga financiera adicional significativa a las finanzas de la AEE, que afectaría negativamente Ia transformación de la red.

Dice el informe que el consorcio energético, sostiene, además, que la medida legislativa no toma en consideración la Ley 22-2016 (Ley para reforma de subsidios y pago de atrasos de servicios de energía eléctrica y acueductos y alcantarillados) que prohíbe la aprobación de leyes o resoluciones que autoricen la concesión de un crédito, subsidio o subvención “sin antes mediar certificaciones de la Oficina de Gerencia y Presupuesto y del Departamento de Hacienda”. El mencionado estatuto dispone, además, que los fondos a utilizarse para financiar dichos subsidios no podrán proceder de los ingresos generados por la AEE.