Esta tarde el Senado aprobó, con enmiendas, un proyecto que modifica, favorablemente y con aplicación retroactiva, cómo se calcula el tiempo que tiene que esperar un menor, procesado y sentenciado como adulto, para cualificar para libertad bajo palabra.

El Proyecto de la Cámara 467, de Denis Márquez, Mariana Nogales, José Enrique Meléndez y Orlando Aponte Rosario, se lleva a discusión en momentos en que José Alfredo Torres Figueroa, un joven de 19 años, fue sentenciado en Aibonito a cumplir 60 años de prisión por el asesinato de su padre cuando él tenía 15 años.

La Comisión de lo Jurídico del Senado, presidida por la senadora Gretchen Hau, rindió un informe positivo de la medida. Hace unas semanas se confirmó en un caucus popular de la Cámara que un proyecto similar, pero que reduce los términos para cualificar para libertad bajo palabra a menores y a adultos, no tiene los votos para ser aprobado.

El PC 467 mantiene intacto los términos actuales para que ciudadanos cualifiquen para libertad bajo palabra. Por ejemplo, todo ciudadano cualificará para el beneficio tras cumplir el 75% de su sentencia, en delitos graves con sentencia de 50 años se cualificará luego de cumplidos 20 años en prisión en el caso de adultos y 10 años en el caso de menores sentenciados como adultos y que, en el caso de asesinatos en primer grado con sentencia de 99 años, será al cabo de 35 años para adultos y 15 años para menores sentenciados como adultos.

Ese beneficio no está contemplado cuando se trata del asesinato de un agente del orden público, un juez o un fiscal.

El cambio propuesto en el proyecto consiste en que, si el menor es sentenciado por dos delitos con cadenas consecutivas, solo se tomará en cuenta para calcular el término para cualificar para libertad bajo palabra la pena del delito mayor. Si fueran penas idénticas, igualmente solo se utilizaría una para hacer el cálculo.

“Este proyecto es positivo porque se ha reconocido por diversos tribunales, incluyendo el Tribunal Supremo de Estados Unidos, que cuando individuos cometen delitos siendo menores, hay un reconocimiento de que a esa edad de 15 a 17 años no hay un desarrollo completo de la personalidad ni tampoco hay madurez. El proyecto lo que propone es que la persona cumpla con su delito, pero que tenga una oportunidad, en el caso de menores que por años van a vivir en la cárcel, de que tengan la oportunidad de reintegrarse a la sociedad. Como está la legislación, en términos prácticos, hay jóvenes que entran entre los 15 y los 17 años y no van a tener la oportunidad nunca de solicitar libertad bajo palabra”, indicó Márquez, al recordar que la medida es avalada por el Departamento de Justicia.