En medio de un pleito judicial que había llegado ya hasta el Tribunal Supremo, el Departamento de Educación determinó proveer los servicios educativos y de terapias a los niños del Programa de Educación Especial que se vieron afectados durante el inicio de la pandemia del COVID-19.

Específicamente, la notificación de que se compensará a los estudiantes se dio en una solicitud de desestimación por academicidad que sometió el procurador general, Fernando Figueroa Santiago, ante el Supremo el pasado 15 de marzo.

El caso judicial lo había incoado el abogado que representa a los padres de Educación en el pleito de clase Rosa Lydia Vélez, José E. Torres Valentín, para abogar por los servicios dejados de recibir.

Consta del documento legal, copia del cual obtuvo Primera Hora, que Educación expuso que “hemos reconsiderado nuestra posición con respecto a la compensación de servicios durante el periodo inicial de la emergencia. Por lo tanto, he tomado la determinación administrativa de compensar el periodo del 16 de marzo al 5 de junio de 2020, esto, debido a la pandemia del COVID-19″.

Se añade que “son elegibles a recibir estos servicios, los estudiantes registrados en el Programa de Educación Especial que no recibieron servicios educativos ni servicios relacionados, según se estableció en su Programa Educativo Individualizado durante dicho periodo”.

El Supremo todavía no ha informado si el caso legal fue desestimado.

No obstante, Educación ha proseguido con sus planes de reponer los servicios a los estudiantes afectados.

En una carta remitida a las escuelas esta semana por la secretaria asociada interina, Jessica Díaz Vázquez, se informó que mañana, jueves, a la 1:00 p.m. se realizará una sección de preguntas y respuestas con los maestros y directores escolares impactados por la decisión.

En la misiva se especifica que desde el pasado jueves se comenzaron a notificar a las escuelas cuáles estudiantes tendrán derecho a reponer los servicios dejados de recibir al inicio de la pandemia. Además, se detalló que se debe conversar con los padres sobre la compensación de servicios, la cantidad de días de servicios que se le concederán al niño y la programación del mismo.

El padre podrá rechazar que su hijo reponga la educación o las terapias dejadas de recibir, según se informó. Si acepta el servicio, se coordinará cuándo se le ofrecerían.

“Se compensará durante el años escolar extendido 2021-2022. En aquellas instancias en que el estudiante no tenga disponibilidad de recibir la compensación durante el verano, ya sea porque es candidato al año escolar extendido por mostrar regresión y pobre recuperación o requiere de compensación de servicios correspondiente al años escolar 2021-2022, el estudiante podrá compensar servicios durante el año escolar 2022-2023, año extendido 2022-2023 o una vez complete la mayoría de edad”, determinó Educación.