Héctor O’Neill obtiene triunfo en el Supremo y cae uno de sus dos casos
Declaró no ha lugar una petición del FEI para que se revisara una decisión del Tribunal de Apelaciones que declaraba prescritas las acusaciones contra una de las dos perjudicadas.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 4 años.
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Uno de los dos casos criminales contra el exalcalde de Guaynabo, Héctor O’Neill, por agresión sexual a una empleada quedó prácticamente eliminado por completo, luego de que el Tribunal Supremo de Puerto Rico declarara no ha lugar un recurso de la oficina del Fiscal Especial Independiente, confirmó la Oficina del Fiscal Especial Independiente (FEI).
En diciembre, un panel de jueces del Tribunal de Apelaciones, compuesto Maritere Brignoni Mártir, Carlos G. Salgado Schwarz y Juan R. Hernández Sánchez, determinó desestimar el cargo porque “está prescrito”, según lee la determinación. Las denuncias basadas en las acusaciones de la exabogada del municipio, Mayra Vázquez Santiago, es por hechos imputados en 2011. El término “prescripción" quiere decir que, aunque se haya cometido un delito, una persona no puede ser acusada si ha pasado el tiempo por el que la ley permite que la persona sea acusada, que en la mayoría de los delitos es de 5 años.
El FEI acudió al Supremo para tratar de revocar esa decisión y recientemente se emitió un fallo declarando no ha lugar al pedido de los fiscales.
Hoy, la presidenta del panel de exjueces del FEI, Nydia Cotto Vives, dejó entrever que esta decisión del Supremo aun no necesariamente es final. Dijo a través de su oficial de prensa Luis de la Cruz que “en este momento" los fiscales asignados al caso, Leticia Pabón y Miguel Colón Ortiz, evalúan solicitar una reconsideración al alto foro judicial.
Si el Supremo no revoca al apelativo, solo quedan activos los cargos imputados por el presunto hostigamiento cometido contra una agente de la Policía Municipal contra la guardia municipal Yenetamine Díaz, que según se había determinado, enfrentaría un juicio por separado.
Estos cargos son por violencia doméstica en su modalidad de maltrato, agresión sexual, acoso sexual en el empleo, así como violaciones a la Ley de Ética por aprovechamiento de su posición para obtener beneficio sexual.