¿Quiénes tienen derecho a recibir el incentivo reintegrable?
El pago del beneficio comienza con un mínimo de $200, pero podría superar los miles de dólares
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El gobernador Pedro Pierluisi y el secretario interino del Departamento de Hacienda, Nelson J. Pérez Méndez anunciaron este miércoles que ya comenzó el pago del tan esperado incentivo reintegrable.
El pago del incentivo comienza con un mínimo de $200, pero podría superar los miles de dólares y beneficiaría a unas 150,000 familias trabajadoras.
Este beneficio se da luego de que Pierluisi firmara la Resolución Conjunta 606 para que con los $250 millones aprobados por la Junta de Supervisión Fiscal se diera paso al incentivo que serviría como un alivio al bolsillo de la clase trabajadora.
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Pero, ¿quiénes tienen derecho a recibirlo?
-Personas que hayan radicado la Planilla de Contribución sobre Ingresos correspondiente al año contributivo 2023, a tiempo, esto es no más tarde del lunes, 15 de abril de 2024 o del martes, 15 de octubre de 2024, si solicitó a tiempo una prórroga automática. En casos en los que el contribuyente haya enmendado su planilla, dicha enmienda solo será considerada para propósitos del Incentivo, si fue radicada no más tarde del lunes 15 de abril de 2024.
-La persona debe haber sido residente de Puerto Rico durante todo el año natural 2023, (del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023). Se entenderá que un individuo que falleció durante el año natural 2023 no fue residente todo el año.
-Tener un ingreso neto sujeto a contribución en exceso de $41,500, pero no mayor de $250,000. En el caso de individuos casados que rindan planilla en conjunto, ambos deben cumplir con los requisitos dispuestos. Aquellos que tributaron bajo el Cómputo Opcional, podrán cumplir con el requisito de ingreso neto, de forma individual.
-Los individuos que hayan computado su contribución utilizando la Contribución Opcional, no tendrán derecho a recibir el Incentivo. Tampoco son elegibles aquellos sujetos a la contribución básica alterna.