El juez Eduardo R. Rebollo Casalduc, del Tribunal de Primera Instancia en Bayamón, reconoció la autoridad de PR Crown Entertaintment para “establecer las normas y parámetros dentro del entrenamiento”, no obstante, señaló que las “condiciones a imponerse tienen que basarse en criterios de razonabilidad”.

Así expuso en la resolución de ayer, jueves, que resulta “irrazonable” que Caride tenga tomar clases y talleres en Caguas, “cuando bien existe una facilidad para ello en Guaynabo”, o “que se multe a la señorita Caride Santiago por ausencias sin justificación”.

El juez, en cambio, acogió la petición de los demandados Luis Vigoreaux, Desirée Lowry y Roberto Cardona, para que se excluyan acompañantes de la demandante durante los talleres, a excepción de algún familiar cercano. Aceptó, asimismo, que se prohíban las fotografías, vídeos y prensa durante los talleres, y que se solicite la firma en hojas de asistencia.

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Para dilucidar las condiciones antes rechazadas, el tribunal ordenó una reunión entre las partes para que “hagan esfuerzos para llegar a acuerdos o entendidos”.

Sobre la solicitud de mordaza presentada por los demandados, el juez Rebollo Casalduc determinó un “no ha lugar”.

Caride demandó a PR Crown Entertaintment y sus representantes por incumplimiento de contrato y daños y perjuicios, por lo que solicitó una compensación global de $3 millones.