Acción legal contra la Ciudad Deportiva Roberto Clemente para entrar a los terrenos
La ADTPR alega que no ha recibido la cooperación de Luis Roberto Clemente para entrar a inspeccionar e iniciar el proceso de traspaso de la titularidad al DRD.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 2 años.
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En el año de la celebración de uno de los mayores hitos de la historia deportiva boricua, el hit 3,000 del carolinense Roberto Clemente hace 50 años, además de la conmemoración de los 50 años de su desaparición física, el que fue el gran sueño del Astro Boricua, la Ciudad Deportiva Roberto Clemente, podría estar convirtiéndose en tal vez su momento más amargo. En algo que nunca pensó.
Luego de agotar alternativas, la Administración de Terrenos de Puerto Rico (ADTPR) acudió el pasado 21 de octubre a los tribunales en busca de una orden judicial que les permita el acceso a los terrenos de la Ciudad Deportiva Roberto Clemente (CDRC), el cual alegadamente les fue negados por el presidente de la Ciudad Deportiva Roberto Clemente, Inc., Luis Roberto Clemente, para evaluar las condiciones del lugar luego de que la comunicación con el presidente de la entidad no rindieran frutos.
Según el documento radicado, la comunicación con el presidente de la corporación ha sido irregular y cuando finalmente establecieron contacto, Clemente les negó el acceso a un grupo de funcionarios de la ADTPR debido a que no estaba de acuerdo con la legislación aprobada en julio, la cual ordenó mediante ley a la ADTPR, en un plazo de 90 días, solicitar todos los permisos y autorizaciones necesarias para transferir las tierras al Departamento de Recreación y Deportes (DRD), como lo decreta la Ley 67 del 2022, aprobada por la Asamblea Legislativa en julio y que creó el Distrito Deportivo Roberto Clemente.
“Esto es un capítulo innecesario en un tema que debe unir a todos los puertorriqueños: honrar a Clemente”, expresó por escrito el representante Ángel Matos, uno de los autores y propulsores del proyecto que se convirtió en la Ley 67 del 2022, al ser contactado. “A la familia, que entregue las tierras cuanto antes y que el sueño de nuestro astro sea reivindicado”.
La demanda, entablada en el Centro Judicial de Carolina, busca que un juez de un tribunal de primera instancia autorice la entrada a los terrenos para iniciar el proceso de traspaso de la titularidad al DRD según dicta la Ley 67 del 2022. Esta derogó la Ley 133 del 9 de junio de 1973, la cual cedió los terrenos a la familia Clemente para edificar el sueño del desaparecido pelotero de crear un centro deportivo para los niños menos afortunados y para el pueblo de Puerto Rico. También derogó la Ley 164 del 2004, que le cedió una parcela de 70 cuerdas adicionales a la CDRC.
La Ley 133 del 9 de junio de 1973, que originalmente cedió los terrenos de cuatro parcelas a la CDRCI, dicta en su Sección 2, inciso C, que “en caso de que por cualquier razón se disolviere o se inactive la CRDCI, los terrenos, con sus mejoras, revertirán al Estado Libre Asociado de Puerto Rico”.
De acuerdo con el documento legal, del cual Primera Hora obtuvo copia, el 16 de septiembre de 2022 la Administración de Terrenos de Puerto Rico le envió comunicación a la Ciudad Deportiva Roberto Clemente Inc. y a su presidente para solicitar información relacionada con los trámites de traspaso del inmueble al DRD. Se le otorgó un periodo de 15 días para responder.
Ese día, 16 de septiembre, Luis Roberto Clemente y sus hermanos fueron anfitriones de una gala conmemorativa de los 50 años del hit 3,000 de su padre, la cual fue celebrada en el hotel Marriot Marquis de Nueva York. La actividad, un día después de que Major League Baseball celebrara el Día de Roberto Clemente, fue organizada por la Familia Clemente y la Roberto Clemente Foundation.
Luego de 15 días, ningún oficial, agente u oficial de Ciudad Deportiva Roberto Clemente Inc. contestó la comunicación, dice el documento. Clemente, de acuerdo con la demanda, llamó por teléfono a la ADTPR y dejó un número de contacto, pero luego las gestiones para contactarlo de vuelta resultaron infructuosas.
Entonces, el 17 de octubre, la ADTPR envió otra carta al presidente de la CDRCI solicitando que confirmara una cita para el “viernes 21 de octubre de 2022 a las 9:00 a.m. con el propósito de realizar una inspección ocular de la propiedad y coordinar el recibo de la misma”.
Un grupo de funcionarios de la ADTPR llegó hasta la CDRC y esperó, pero nadie les contestó ni apareció en el lugar para recibirlos. Wilmaris Centeno Maldonado, directora de la Oficina Legal de la ADTPR, una de las presentes, llamó por teléfono a Clemente desde el lugar y este informó que no llegaría para darles acceso a los terrenos porque estaba “atendiendo asuntos en su residencia”.
Según una declaración jurada por Centeno Maldonado, Clemente dijo que no había recibido la segunda notificación porque durante el mes de septiembre había estado fuera de la Isla. Agregó que había llamado a la ADTPR, a lo cual Centeno Maldonado replicó que cuando se le llamó de vuelta fue imposible comunicarse con él.
Clemente, además, le informó que “por el momento no sería posible que la ADTPR accediera a la propiedad (para efectuar la inspección) debido a que él (Clemente) no estaba de acuerdo con lo dispuesto en la medida legislativa, y que estaba en espera de que su representante legal tramitara unos asuntos para poder reaccionar a las comunicaciones de la ADTPR”.
El proyecto que desembocó en la Ley 67 del 2022 destaca que las 300 cuerdas ocupadas por la Ciudad Deportiva Roberto Clemente “no están siendo utilizadas para el servicio de nuestro pueblo y no benefician a la juventud”.
“A pesar de haber transcurrido sobre 45 años desde la primera donación de terrenos, los mismos, al día de hoy, no han sido desarrollados al máximo y no están siendo utilizados para los fines que fueron cedidos a título gratuito por el Estado, por lo que no se está cumpliendo con el fin público promulgado en la Ley 133 de 1973″.
Por ello, la Ley 67 del 2022 creó el Distrito Deportivo Roberto Clemente, que revierte la titularidad de los terrenos y la traspasa al Departamento de Recreación y Deportes, que administrará el distrito, mientras que la Autoridad del Distrito del Centro de Convenciones de Puerto Rico se encargará de la planificación, desarrollo, reconstrucción y construcción de facilidades deportivas y recreativas para el disfrute de los puertorriqueños y el turismo deportivo.
La Autoridad del Distrito de Convenciones de Puerto Rico tendrá cinco años para realizar su labor.