Todo lo que debes saber sobre el crédito por menor y crédito por trabajo
Uno se solicita en la planilla federal y el otro en la estatal
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Para muchas familias, este año la radicación de planillas será beneficiosa debido a que estarán disponibles varios créditos contributivos, entre ellos, el crédito por menor dependiente y el crédito por trabajo. Son beneficios distintos que, entre ambos, se estima que impactarán a más de medio millón de familias en Puerto Rico, según Francisco Parés, secretario del Departamento de Hacienda.
El crédito por menor dependiente (también conocido como el Child Tax Credit o CTC, en inglés) es un beneficio que se reclama al someter la planilla federal al Servicio de Rentas Internas (IRS, por sus siglas en inglés), explicó el funcionario.
“Este crédito había existido en Puerto Rico a través del IRS, pero solo para familias con tres dependientes o más. Este año se hará similar a los Estados Unidos, pues desde el primer dependiente ya se puede solicitar”, comentó.
Estimó que un 90 % de las familias con dependientes de 17 años o menos podrán cualificar en Puerto Rico para el CTC, por lo que podrían recibir un máximo de $3,600 por cada menor de cero a cinco años y $3,000 por cada menor de entre seis a 17 años.
Para ser elegible hay que radicar la planilla federal a tiempo (en o antes del 18 de abril de 2022), aunque no es necesario haber generado ingresos. Otro requisito es que, al 31 de diciembre de 2021, el menor a ser reclamado como dependiente debe haber nacido, tener 17 años o menos y contar con un número de Seguro Social válido. El contribuyente puede ser un inmigrante con un número de Seguro Social de identificación personal de contribuyente (ITIN, por sus siglas en inglés).
El menor debe haber vivido con el contribuyente más de la mitad del año y, si figura como dependiente en una planilla, no puede reclamar a sus propios dependientes.
Para reclamar este crédito al IRS, se debe radicar la planilla federal usando el Formulario 1040-PR, el mismo que utilizan en la isla quienes trabajan por cuenta propia para pagar su aportación al Seguro Social y al Medicare, apuntó el secretario.
Al llenar el formulario, necesitará los siguientes datos: dirección postal, número de teléfono o correo electrónico, número de Seguro Social o de ITIN del contribuyente y su cónyuge, los números de Seguro Social de los dependientes, fechas de nacimiento del contribuyente, del cónyuge y de los dependientes, e información sobre los ingresos generados en 2021 (por ejemplo, los formularios 499R-2 y W-2).
El contribuyente podrá recibir el crédito mediante un reintegro, cuya distribución será realizada directamente por el IRS. Si quiere recibirlo por depósito directo, necesitará proveer su número de cuenta bancaria y de ruta o tránsito.
El límite de ingreso para recibir el beneficio máximo por cada menor es de $75,000 para individuos, $112,500 para jefes de familia y $150,000 para casados rindiendo en conjunto o viudos, según el IRS. Para contribuyentes con ingresos mayores, el beneficio se reducirá paulatinamente hasta llegar a cero.
Parés informó que el IRS contará con varios centros de preparación gratuita de planilla federal (VITA, en inglés) para familias con ingresos bajos, cuyas ubicaciones y horarios se anunciarán próximamente.
Añadió que para todo lo relacionado al formulario 1040-PR de la planilla federal, incluyendo el estatus del reintegro del CTC, las personas deberán comunicarse con el IRS llamando al 1-800-829-1040 o accediendo a: irs.gov.
¿Qué es el crédito por trabajo?
Por otro lado, el crédito por trabajo es un beneficio de hasta $6,500 para personas de 19 años o más con ingresos ganados durante el año contributivo 2021. Se reclama mediante la radicación de la planilla estatal de contribución sobre ingresos al Departamento de Hacienda.
Uno de los requisitos para cualificar para este beneficio es que tanto el contribuyente como su cónyuge y todos sus dependientes deben haber residido en Puerto Rico durante todo el año contributivo (desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021) y al momento de radicar la planilla. La fecha límite para someter es el lunes 18 de abril de 2022.
Otros requisitos son: no haber sido reclamado como dependiente en otra planilla el mismo año, que el contribuyente y su cónyuge deben tener 19 años o más al cierre del año y que el contribuyente que reclama el crédito por trabajo no podrá reclamar el crédito para seniors y pensionados de bajos recursos. En estos casos, Parés explicó que los contribuyentes de 65 años o más “van a tener que ponderar cuál de los créditos les conviene más, tomando en cuenta que el crédito senior puede llegar a $700″.
Para solicitar el crédito por trabajo, el contribuyente y su cónyuge tienen que haber generado ingreso bruto ganado durante el año 2021. El ingreso bruto ganado incluye “salarios, sueldos, propinas, pensiones, toda remuneración por servicios prestados por un empleado para su patrono”, según la Carta Circular de Rentas Internas Número 22-02, de Hacienda. También incluye el ingreso proveniente de una industria o negocio por cuenta propia.
La carta establece que, para cualificar, el ingreso bruto ganado en 2021 no debe pasar de $26,000 en el caso de individuos sin dependientes; de $31,000 para los que tienen un dependiente; de $37,000 para quienes tienen dos dependientes y de $40,000 si tienen tres dependientes o más. Para los contribuyentes casados que rinden la planilla en conjunto, los límites máximos para cualificar son: $28,000 sin dependientes, $35,000 con un dependiente, $41,000 con dos dependientes y $44,000 con tres o más.
El crédito se reclama en el Anejo CT para individuos en la planilla estatal. Al llenarlo, el contribuyente necesitará documentos que evidencien el ingreso bruto ganado por él y su cónyuge como, por ejemplo, los formularios W-2 en el caso de los empleados asalariados y las declaraciones informativas de servicios prestados (Formulario 480.6SP) para quienes trabajan por cuenta propia.
Las W-2 y las informativas pueden ser encontradas por el contribuyente al acceder a su perfil en el Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI).
El monto del crédito se calcula tomando en cuenta la cantidad de ingresos, el número de dependientes y el estado civil. De esta forma, la suma del beneficio puede fluctuar desde $1,500 (para individuos sin dependientes) hasta $6,500 (para contribuyentes con tres o más dependientes). Para efectos de este beneficio, solo se considerarán como dependientes los hijos del contribuyente o su cónyuge que al 31 de diciembre de 2021 tengan 18 años o menos. En el caso de dependientes que estudian a tiempo completo, deben tener hasta 25 años de edad.
Una vez determinado el monto del crédito para el que cualifica el contribuyente, a esa cifra se le resta la responsabilidad contributiva y el excedente se convierte en un reintegro que será enviado por Hacienda, comentó Parés.
Si desea recibirlo por depósito directo, necesitará proveer su número de cuenta bancaria y de ruta o tránsito. “El promedio de espera para recibir el reintegro será de tres semanas”, estimó el funcionario.
Parés informó que Hacienda contará con varios centros de preparación de planillas a partir de mediados de marzo. Agregó que desde el próximo 15 de febrero se podrá radicar la planilla electrónicamente por medio de SURI y de proveedores privados certificados por Hacienda. Para conocer el estatus de su reintegro, puede acceder a suri.hacienda.pr.gov y presionar el enlace que dice ‘Dónde está mi reintegro’.
“Se distribuirán más de $2,000 millones entre ambos créditos. Ambos son alicientes que ayudarán a sacar de los niveles de pobreza a una cantidad significativa de personas”, aseguró Parés.
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